La Cámara Nacional Electoral declaró nulo el DNU 366/2025, que había trasladado a la Dirección Nacional de Migraciones la facultad de otorgar la ciudadanía argentina. Según el fallo, el Poder Ejecutivo se extralimitó al intervenir en una materia vinculada a derechos políticos.

La resolución, firmada por Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, dispuso comunicar el fallo al Ministerio de Seguridad para que instruya a Migraciones y lo difunda entre los jueces federales electorales.

Los magistrados señalaron que la Constitución prohíbe dictar decretos de necesidad y urgencia en cuestiones electorales y que, en este caso, no existía una situación de “rigurosa excepcionalidad y urgencia” que justificara evitar el trámite legislativo.

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El tribunal entendió que modificar quién decide sobre la ciudadanía —condición que habilita el ejercicio de derechos políticos— implica alterar un ámbito reservado al Congreso. También cuestionó los fundamentos del Gobierno, al considerar que responden a criterios de gestión y no a una emergencia institucional.

Además de invalidar la norma firmada por Javier Milei, la Cámara revocó el rechazo de ciudadanía a Liping Yang, un comerciante chino radicado en Entre Ríos, y ordenó otorgársela. En el expediente se acreditó su residencia, actividad económica y arraigo familiar.

Con esta decisión, el tribunal fija un límite al uso de decretos en materia sensible y restablece el esquema vigente desde hace más de un siglo, en el que la naturalización queda en manos de la Justicia.

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