La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró inconstitucional el artículo de la reforma previsional que fijaba un techo de 20 jubilaciones mínimas y suspendía las actualizaciones por movilidad para los beneficiarios que superaran ese monto.
El fallo fue dictado en la causa iniciada por Elena Virginia Enriqueta Ramón, excamarista penal jubilada, contra la Provincia y la Caja de Jubilaciones.
Por mayoría, los jueces entendieron que el sistema afectaba el derecho a la movilidad previsional al congelar aumentos sin establecer un plazo determinado para su recuperación.
Los ministros Rafael Gutiérrez, Roberto Falistocco, Rubén Weder y Eduardo Spuler votaron por mantener la inconstitucionalidad del artículo 9 de la ley 14.283.
En disidencia, Daniel Erbetta, Jorge Baclini y Margarita Zabalza consideraron que el planteo debía resolverse en un proceso con mayor debate y prueba.
La Corte también rechazó resolver por la vía del amparo los cuestionamientos contra la declaración de emergencia previsional y el aporte solidario creado por la reforma.
Según la mayoría, esos puntos requieren analizar información económica, informes técnicos y antecedentes legislativos antes de definir su validez.
El conflicto comenzó cuando Ramón cuestionó varios artículos de la norma ante la Justicia laboral de Rosario. Tras fallos favorables en instancias inferiores, el gobierno de Maximiliano Pullaro llevó el caso al máximo tribunal provincial.





Comentarios recientes