Encima que podrían empezar a pagar impuesto a las ganancias si se aprueba esta semana el proyecto de ley del Gobierno, los empleados judiciales están que trinan por una acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que modifica el régimen de licencias y cómo deben tomarse las vacaciones si trabajan durante el receso judicial. 

 

El primer párrafo de la acordada 36/2016 da cuenta del motivo del cambio del régimen de licencias que tiene una vigencia de añares. "Que en el actual estado en el que se encuentran  los distintos tribunales nacionales y federales del país -en razón a la elevada litigiosidad y la significativa cantidad de cargos judiciales vacantes-, corresponde adoptar las medidas conducentes a fin de no afectar la correcta prestación del servicio de justicia".

 

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La Corte, con la firma de los cinco miembros actuales, expresó que el Poder Judicial de la Nación "limitarán el número de agentes que presten servicios en cada dependencia a lo que resulte estrictamente necesario" en las ferias judiciales de enero y julio. Y que asimismo, mencionó que "la ulterior compensación de los días en que los agentes hayan permanecido cumpliendo funciones, deberá otorgarse dentro del año calendario y hasta en cuatro períodos que no superen los 8 días corridos cada uno de ellos".

 

La UEJN que lidera Julio Piumato envió una carta al titular de la Corte, Ricardo Lorenzetti, en la que expresa que "la acordada deja algunas dudas que implicarían la vulneración de los derechos de los trabajadores judiciales" porque "deja al arbitrio de cada funcionario la recuperación de las licencias no gozadas". 

 

El Máximo Tribunal de Justicia dijo que la medida se tomó para "con el fin de no resentir la
normal prestación del servicio de justicia". Y deja a cargo de cada funcionario, sea juez o secretario de cualquier instancia del país, "toda excepción que deberá ser considerada y, en su caso, concedida por la respectiva autoridad que ejerza la superintendencia".

 

Todos los empleados del Poder Judicial de la Nación se toman sus períodos vacacionales según el Régimen de Licencias para Magistrados, Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional. Y esto criticó el gremio (ver foto).

 

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En esa línea, expresó que "la naturaleza de la prestación implica que los trabajadores debamos quedarnos trabajando en tiempos de receso vacacional". Por este motivo, sugirió a la CSJN que "fije los criterios por los cuales deben recuperarse las licencias no gozadas sin dejar libradas las excepciones al arbitrio de cada funcionario que se encuentre ejerciendo la superintendencia (...)". 

 

Y fue más allá al considerar injusto el límite a las compensaciones de licencias no gozadas (que instrumenta la Acordada 36/2016 de la Corte)  para los trabajadores que son convocados para trabajar en la feria, sea de veraniega o invernal. O sea que desde ahora deberán compensar las vacaciones fraccionadas en cuatro semanas de 8 días cada uno, según acordada. 0 habrá algún cambio tras la carta de Piumato a Lorenzetti. Se verá...

 

Bonus track: Ganancias

 

Los jueces, funcionarios o empleados que sean nombrados, ingresen o empiecen a trabajar a partir del 1 de enero de 2017, si el Congreso aprueba el proyecto de ley de ganancias, empezarán a tributar, mientras que los anteriores seguirán sin pagar el impuesto. "En el caso de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las Provincias y del Ministerio Público de la Nación cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive", dice el texto oficial. Si se aprueba, será otro dolor de cabeza, no creo que para los jueces, pero sí para los empleados judiciales. 

 

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