María Gauna fue acusada y condenada por el presunto homicidio de Omar Bartolelli el 6 de febrero de 2005. Estuvo 12 años en la cárcel hasta que a fines de diciembre del año pasado la Corte Suprema de Santa Fe decidió declararla inocente y disponer su inmediata liberación. Un informe médico fue clave para revertir su situación procesal.
El homicidio ocurrió en la localidad santafesina de Arequito y ella estuvo detenida hasta hace pocos días en la alcaldía de Casilda. La acusaron de un crimen pasional y con alevosía tras las ocho puñaladas que recibió su concubino. Esa noche, a Gauna y a Bartolelli los encontraron cubiertos de sangre en el jardín de la vivienda: él sin vida y ella agonizando con cortes en las muñecas. Ella siempre negó haber matado a su pareja aunque fue condenada a prisión perpetua.
María es oriunda de la provincia de Corrientes. Cuando tenía 35 años dejó atrás su cargo docente en la localidad correntina de Sauce y tras un largo noviazgo a distancia se casó con Omar, productor agropecuario. Se habían conocido en una visita familiar.
Convivieron durante siete meses sin conflictos, según testigos, y hasta iniciaron un tratamiento médico para tener un hijo. Una noche la pareja fue a cenar a la casa de una hermana de María. Al regresar, Omar dejó a su esposa en la puerta y fue a guardar el auto a lo de sus padres, como hacía siempre, para volver en bicicleta. El domingo, alrededor de las 14, una vecina escuchó que María pedía ayuda y los encontró tirados en el jardín.
Gauna tiene 47 años. Su abogado, Hernán Martínez, no paró hasta verla en libertad porque creía en su inocencia e inició ante la Corte provincial un recurso de revisión penal pretendiendo la anulación de las sentencias en su contra. Fue condenada en dos instancias: el 4 de febrero de 2008, por un juzgado penal de Rosario a la pena de prisión perpetua que la consideró autora penalmente responsable del delito de homicidio calificado por el vínculo. Mientras que se ratificó esta condena el 2 de septiembre de ese año por la Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Penal rosarina.
Una pericia clínica clave
En las dos instancias anteriores, según medios locales, la hipótesis del homicidio se sustentó en que la imputada pudo físicamente causar las lesiones de su cónyuge y luego autolesionarse en ambas manos. Según la Junta Médica Forense que revisó a la acusada el día posterior al supuesto asesinato, “los tendones flexores de su mano izquierda no se encontraban seccionados y era posible que con ésta lesionada se causara las heridas en la mano derecha”.
La causa llegó a la Corte de Justicia santafesina presidida por Rafael Gutiérrez. En un fallo de cuatro votos a dos decidió absolver a esta docente sobre la base de otro informe médico.
El fallo de 33 fojas anuló las dos condenas previas y explicó que las nuevas pruebas aportadas por la defensa demuestran que aquella hipótesis es incorrecta, ya que “en realidad la lesión que sufrió la imputada en su mano izquierda fue más grave que la que sirvió de base al razonamiento de los magistrados precedentes y ello no pone en crisis en modo alguno el informe de la Junta Médico Forense, sino que por el contrario es la base en la que se sustenta el planteo revisionista, por cuanto allí los médicos reconocieron que según cuál hubiera sido la gravedad de las lesiones resultaba o no posible que los hechos hubieran ocurrido tal como se sostuvo a fin de incriminar a la encartada”.
“(…) Los nuevos elementos de prueba que harían evidente que la condenada no pudo materialmente haber ejecutado la acción delictiva”, expresó la sentencia mayoritaria del juez Daniel Erbetta. Y agregó que “la Junta Médica que examinó a la imputada concluyó que de haber existido sección de los tendones profundos de los cuatro dedos de la mano izquierda la alternativa de que las lesiones hubieran sido auto-infligidas era directamente imposible, que es lo que se deriva de la nueva prueba”.
En sí, el cirujano de Arequito que la operó y le reconstruyó las muñecas que fue llamado a declarar en última instancia dijo que tuvo un “error tipográfico producto del cansancio” en la “hoja quirúrgica, a mano, donde dice que tenía seccionados los tendones mayores superficiales”. Con posterioridad, el juzgado le pidió un informe más prolijo y presentó una “hoja mecanografiada en la cual dice que eran los tendones profundos los que estaban seccionados", según Martínez.
Es una diferencia de una palabra, profundos, que terminó siendo clave. Siendo diestra, la maestra se habría cortado primero la muñeca izquierda y luego la derecha, según la acusación. Pero esa es una actividad que según una los forenses hubiera resultado imposible en caso de estar cortados los “tendones profundos”: "No podría haber agarrado el cuchillo para mutilarse la segunda muñeca. Esto sí o sí llevaba a pensar en la participación de un tercero. En vez de llamar al cirujano a declarar tomaron en cuenta su informe manuscrito y le abrieron una causa por falso testimonio de la que terminó absuelto”, expresó el letrado de Gauna.
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