La Mediación Prejudicial Obligatoria (MPO) es un método alternativo de resolución de conflictos que está regulado por la Ley 26.589, y que se vio afectado por las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo y Judicial, al igual que los abogados. ¿Por qué?

Históricamente, según la normativa que regula la mediación prejudicial siempre fue obligatoria y presencial así como la asistencia de ambas partes y por supuesto, del mediador. Ante la situación de emergencia producida por la pandemia, la Corte Suprema y el ministerio de Justicia dictaron una serie de resoluciones que generaron confusión para los más de 1500 mediadores que trabajan sólo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El Poder Ejecutivo a través del DNU 320/2020, abordó la problemática de los alquileres y desalojos, y en su artículo 12 elevó a la categoría de obligatoria la mediación prejudicial, la que hasta entonces era una temática de carácter optativo para el requirente en la Ley 26589.

El ministerio de Justicia nacional dictó la resolución 121-2020 que autorizó a realizar mediaciones a distancia y virtuales, pero con la limitación de contar con el acuerdo de las partes (art. 16 inc., a de la Ley 26589) pese a que la obligatoriedad forma parte de la esencia de esta ley. Entonces por ejemplo, algunas empresas no aceptan las mediaciones digitales porque son optativas y así se beneficia el incumplidor.

Estas resoluciones imposibilitan el trabajo de los mediadores por dos motivos: por un lado, porque exige el acuerdo de las partes involucradas en la mediación digital lo cual, según los mediadores, permite a una de las partes decidir no asistir al encuentro. Y por el otro, que la feria judicial extraordinaria dictada por la CSJN los inhabilita a trabajar. ¿Por qué? Porque la normativa que los regula indica que las MPO se deben realizar en días hábiles judiciales, lo que no ocurre cuando en el Poder Judicial decreta feria, como en este caso puntual en el marco de la pandemia. 

Tiempo Judicial habló con mediadores independientes y con una de las asociaciones que lo nuclea, la Unión de Mediadores Prejudiciales. Daniel Ranieri, mediador prejudicial MT 4226, expresó que “donde hay una necesidad puede existir un aprovechamiento; y el sostenimiento de la feria judicial y la voluntariedad del acceso a la mediación digital, solo favorece al renuente, moroso e incumplidor que prefiere no cumplir con las obligaciones a su cargo, generando un gran perjuicio al Instituto de la Mediación, Mediadores y a los ciudadanos en general”. 

“La Mediación Prejudicial Obligatoria (MPO), regulada por la Ley 26.589, Dto. Regl. 1467/11 y modif, se vio afectada por estas medidas, por cuanto las audiencias se celebran en días hábiles judiciales. La sociedad se encontró impedida de acceder a este proceso de resolución directa y pacífica de sus conflictos. Consecuentemente, los profesionales mediadores debieron cerrar sus estudios e interrumpir la actividad”, explicó Muriel Killian, presidente de la Unión de Mediadores Prejudiciales.

A casi 60 días de dictado el ASPO y con vísperas a seguir un tiempo más, las personas siguen viendo vedado el acceso a justicia y los mediadores imposibilitados de prestar un servicio esencial para la comunidad, explicaron desde el sector.

La comunidad de mediadores, según los entrevistados, ya aceptó mediar a distancia, por todos los medios tecnológicos disponibles, disponiendo de recursos de comunicación, abriendo sus computadoras y teléfonos para el encuentro siempre rico con los otros y sus conflictos. Y piden el dictado de "medidas urgentes" que permitan la plena vigencia de la Ley 26.589, tenemos la forma de respetando el ASPO.

“No habiendo razón atendible para sostener en estos tiempos la feria judicial y la no obligatoriedad para acceder a la mediación digital por medios tecnológicos, deseo hacerme eco de todos los colegas mediadores, profesionales del derecho y ciudadanos en general que necesitan trabajar, ganarse su sustento diario y recurrir a este noble ámbito de medio alternativo de resolución de conflicto; haciendo un llamado al  Poder Judicial y Ejecutivo;  que posibiliten el ejercicio de la mediación de forma URGENTE Y OBLIGATORIA por medios digitales en el ámbito de la C.A.B.A.”, sentenció Ranieri urgido de volver a trabajar con relativa normalidad.