Distintas organizaciones y asociaciones científicas presentaron una denuncia ante el Consejo de la Magistratura de la Nación contra Javier Pico Terreno, subrogante del Juzgado Civil y Comercial Federal N°7, por ordenarle al Sanatorio Otamendi a suministrarle dióxido de cloro a un paciente con coronavirus que luego falleció.
El caso surgió debido a que una persona llamada José María Lorenzo, que ya había perdido a su madre por coronavirus, presentó un amparo para que su padrastro, Jorge García Rúa, que también atravesaba esa enfermedad, recibiera de manera urgente esa sustancia. Lorenzo siguió las indicaciones del médico de su familiar.
El magistrado hizo lugar al pedido de la familia al considerar que "la cobertura de los tratamientos indicados no ocasionados un grave perjuicio para la demandada, pero evita, en cambio, el agravamiento de las condiciones de vida dela parte actora". Asimismo, le ordenó al Santario Otamendi a suministrarle las dosis correspondientes.
Sin embargo, la dosis se la dio su medio neurocirujano, Dante Converti, que no forma parte del staff del Otamendi.
En la denuncia contra el juez las asociaciones advierten que el tratamiento no está aprobado por la autoridad de salud y es manifiestamente riesgoso para la salud y la vida de los pacientes.
"El magistrado denunciado, con tan solo una receta formulada por un médico que se presenta como especialista en neurocirugía, resuelve obligar a la institución donde se encuentra internado el paciente a arbitrar los medios conducentes para la aplicación del tratamiento indicado, consistente en una sustancia altamente tóxica para la salud", sostienen.
Asimismo, destacan que el dióxido de cloro no solo no está autorizado por la ANMAT sino que desde agosto de 2020 se encuentra expresamente desaconsejado su uso por la multiplicidad de eventos adversos que provocan.
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