La medida tiene vigencia a partir del próximo 20 de octubre y establece que “solo podrán solicitar licencia extraordinaria los magistrados, funcionarios y empleados que padezcan alguna inmunodeficiencia o sean pacientes oncológicos o trasplantados, en los términos y alcances de la resolución 627/2020 (y sus modificatorias) del Ministerio de Salud de la Nación”.

Asimismo, el máximo tribunal de la Nación mantiene la delegación de facultades de superintendencia en las respectivas autoridades –léase las cámaras y tribunales– con la finalidad “de normalizar la prestación presencial del servicio de justicia”. En esa línea, la acordada insiste en la adopción de “medidas de cuidado e higiene, movilidad y transporte (… )  como así los protocolos” establecidos oportunamente.

En esta línea, las redes sociales estallaron de críticas de abogados y abogadas donde el ex presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal cuestionó que no se mencione en la acordada 24 a los profesionales ni cómo se resolverán los conflictos que vienen teniendo sobre las audiencias en el fuero laboral, por ejemplo, o en el fuero civil por la presentación vía digital de expedientes, entre otros.

Para finalizar, la Corte detalla que se mantienen las licencias extraordinarias para las personas inmunodeprimidas si sufren de enfermedad congénita, asplenia funcional, o anatómica y desnutrición grave; VIH, según los casos; personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis.

En los casos oncológicos y de trasplantes, la acordada enumera que pueden acceder a la licencia cuando se trate de personas con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa; con tumor de órgano sólido en tratamiento; trasplantados de órganos sólidos o precursores hematopoyéticos.

Vale recordar que la semana pasada, tal como informó Tiempo Judicial, el presidente de la Corte, Horacio Rosatti, se reunió con jueces federales y adelantó que era inminente la vuelta a la presencialidad.

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