La justicia cordobesa resolvió una causa por Mobbing -acoso o maltrato en el ambiente de trabajo- tras la reparación monetaria de uno de los imputados, en este caso, se trató del dueño de la empresa de telemarketing acusado de no evitar las situaciones de abuso llevadas a cabo por un supervisor.

Según informaron, la Cámara en lo Criminal y Correccional de 4° Nominación de la ciudad de Córdoba, tribunal que llevaba la causa adelante, indicó que se puede recurrir a esta alternativa para la resolución del conflicto antes de que comience la audiencia de juicio.

Por eso, propició un acuerdo entre partes y sobreseyó al acusado porque hubo una extinción de la acción penal. El empresario estaba imputado junto con el supervisor, en su caso por omisión del maltrato que recibió la empleada y había sido acusado penalmente por no impedir que se ocasionará a la víctima un trastorno de ansiedad, con crisis de pánico secundario y estrés agudo.

Sede de los tribunales ordinarios de Córdoba. (crédito: prensa TSJ Córdoba)

Fueron los abogados quienes presentaron el acuerdo de reparación económica y el reconocimiento del empresario por el daño causado. Por su parte, el camarista Enrique Berger explicó que “antes de tomar una decisión, convocó a una audiencia de las partes con el tribunal, aunque no estuviera prevista por la ley procesal”, y aclaró que la audiencia evitó cualquier aprovechamiento del imputado.

“La conciliación se presenta como la salida de mejor calidad institucional para las partes” y que “los acuerdos de partes que llevan a la conciliación no están sujetos a ninguna formalidad”, destacó Berger.

También, el magistrado enfatizó que “de esta manera –con el plazo- se las está privando de dicha posibilidad, que muchas veces es inviable en los comienzos del proceso, y en los primeros pasos en la etapa de la elevación a juicio”.