Detenidos en la Unidad Penitenciaria N° 35 “Colonia Pinto”, ubicada en Santiago del Estero, presentaron a principio de este año un habeas corpus por sufrir reiterados cortes de electricidad y cortes de agua dentro del penal y por inconvenientes presentados con las visitas. Tras ello, Antonio Gustavo Gómez, titular de la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, requirió que la Cámara Federal de Apelaciones de esa jurisdicción que le dé luz ver.

Según trascendió, 36 internos del Pabellón N°1 del penal que presentaron el 10 de enero el recurso ante la justicia porque los problemas se profundizaron con las altas temperaturas del verano. Además, denunciaron que el área de visitas no tiene agua, ni aire o ventiladores como parte de una mínima comodidad y la espera que se genera para ingresar es mucha.

Cabe aclarar, que hubo una audiencia organizada por el Juzgado Federal N°1 de Santiago del Estero el 12 de enero. En ella estuvieron presentes el Ministerio Público Fiscal, defensores oficiales, autoridades del Servicio Penitenciario Federal y tres de los internos que presentaron el habeas.

Si bien el 13 de enero de 2023 el magistrado federal resolvió no hacer lugar al habeas corpus correctivo, pero la Defensoría impugnó esa resolución. Según el fiscal en la audiencia solo participaron tres de los 36 detenidos que iniciaron el proceso, e indicó que “la falencia señalada priva al Sr. Juez Federal y a las partes de tomar cabal y real información de primera fuente sobre la verdadera situación que padecen aquellos que se encuentran cumpliendo medidas restrictivas en la Unidad Penitenciara N° 35”.

“Mas aún los solicitantes ni siquiera figuran mencionados en la sentencia que nos causa agravio lo que acarrea la nulidad del fallo ante los requerimientos del artículo 17 inciso 2 de la ley 23.098”, enfatizó.
En esa línea, consideró que “los organismos públicos deben sobreponerse a ese valladar a fin de garantizar la intervención efectiva de todos aquellos que manifestaron estar padeciendo situación que no se condicen con el ordenamiento jurídico vigente”. En esa línea, consideró que se trata de “una afectación directa e inmediata a las garantías de defensa en juicio y defensa en juicio y debido proceso del amparado”.

Asimismo, Gómez enfatizó: “Lo que si puede advertirse es la posición adoptada por el Servicio Penitenciario Federal, responsable de la gestión de la unidad carcelaria, cuyo representante expone que se han instrumentado los medios necesarios a fin de conseguir una resolución concreta de los problemas. Los problemas en el sistema eléctrico, necesario para el suministro de agua, continúan sin una solución definitiva. Ello, indica que ante la repetición de ciertos factores, los reos quedarán irremediablemente privados del acceso al agua potable”.

En cuanto al ingreso de los familiares, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que “si bien podría decirse que la amplitud de los parámetros de días y horas de visita de los familiares puede considerarse como una acción positiva, que no es suficiente por lo que requiere una readecuación del sistema de control de ingreso al penal para garantizar mayor celeridad en la requisa. La falencia señalada no debe recaer sobre el reo sino que el Estado debe hacerse cargo de predisponer todos los medios necesarios a fin de que el vínculo del interno con su núcleo familiar se fortifique”.

“La falta de valoración adecuada de las condiciones en la que los detenidos cumplen medidas restrictivas de la libertad locomotiva significa un agravio grave que debe ser subsanado”, señaló y concluyó que “corresponde entonces, que se revoque el fallo atacado y se haga lugar al habeas corpus correctivo impulsado por la Defensoría Oficial”.