La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial ratificó la condena contra una entidad bancaria por haber asignado créditos y una tarjeta sin verificar la identidad del titular, lo que derivó en que un usuario fuera registrado como moroso sin haber contratado esos servicios.

El caso se inició luego del robo de documentación personal del demandante. A partir de ese momento, comenzó a recibir reclamos de pago por operaciones desconocidas, junto con advertencias de acciones legales.

Pese a las denuncias realizadas y la información aportada, la situación no fue corregida y sus datos fueron incorporados en registros crediticios, incluida la base de la Banco Central de la República Argentina, con una calificación negativa.

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El tribunal consideró acreditado que la deuda se originó en una suplantación de identidad y atribuyó la responsabilidad a la entidad por la falta de controles adecuados al momento de otorgar los productos. También tuvo en cuenta la persistencia de los reclamos y la ausencia de respuestas eficaces frente a las advertencias del afectado.

La sentencia confirmó la indemnización por daño moral de $500.000 más intereses , vinculada al impacto en la reputación crediticia y las molestias sufridas, y mantuvo la aplicación de una multa civil fijada en función de canastas básicas. En cambio, rechazó el reconocimiento de daño patrimonial por no haberse probado perjuicios económicos concretos.

En la revisión del fallo, la Cámara avaló además el criterio sobre el cálculo de intereses y la distribución de las costas, que recaerán mayoritariamente sobre la entidad demandada.