El Ministerio de Seguridad, a cargo de Alejandra Monteoliva, modificó los protocolos de actuación policial frente al aumento de amenazas de violencia en escuelas difundidas a través de redes sociales y plataformas digitales.

La Resolución 725/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, establece que queda prohibido “el tratamiento sin autorización judicial de datos sensibles y de las publicaciones efectuadas por niñas, niños y adolescentes”.

El cambio responde al crecimiento de los ciberdelitos y a situaciones de amenazas contra establecimientos educativos. Según la norma, “el incremento de casos de público conocimiento vinculados a amenazas de violencia masiva en establecimientos educativos difundidas a través de plataformas digitales y redes sociales de acceso público” mostró que la regulación vigente era insuficiente para actuar ante emergencias.

El Gobierno busca derogar la Ley 25.542 y las librerías independientes advierten por su futuro

La resolución obliga al personal policial a respetar la Ley de Protección de Datos Personales y dispone que, si durante una tarea preventiva surge la presencia de un menor, la intervención debe suspenderse y quedar registrada.

Sin embargo, se contemplan excepciones cuando exista riesgo de vida para el menor, indicios de autolesiones, delitos en curso o amenazas que puedan afectar la integridad de otras personas. Entre ellas se incluyen casos con “indicios fundados de riesgo para la vida o la integridad física de otros menores”, como la planificación de actos de violencia masiva en escuelas.

“En todos los supuestos excepcionales previstos en este inciso, el personal actuante dejará constancia detallada” de los motivos que justificaron continuar la tarea, indicó la resolución.

La Oficina de la Mujer de la Corte Suprema publicó el "Compendio de Jurisprudencia sobre Femicidios 2026"

Compartir: