El juez Contencioso Administrativo Walter Lara Correa rechazó el amparo presentado por un millonario que no quería pagar el Aporte Solidario y Extraordinario. Para el magistrado no se demostró que el aporte "comprometa su calidad de vida" y "no luce desproporcionado, ni irrazonable" teniendo en cuenta el contexto de pandemia, según el fallo al que accedió Tiempo Judicial.
Como contó Tiempo Judicial hay más de 150 causas presentadas en el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal con todos rechazos de los magistrados.
En abril fue presentada la demanda contra el aporte establecido por ley para quienes poseen patrimonios superiores a los 200 millones de pesos con carácter de emergencia y por única vez. El demandante sostenía que el aporte "se trata de una gabela, que afecta su derecho a la propiedad" y representa "una manifiesta absorción de su patrimonio".
Pero para el juez Lara Correa el empresario "no ha probado, ni ofrecido prueba alguna, con el propósito de demostrar el daño que la decisión estatal le produce sobre su derecho a la propiedad". La emergencia declarada "fue reconocida por el máximo tribunal" sostuvo el juez que además mencionó los dichos de distintos organismos internacionales sobre las consecuencias que trajo en materia económica y social tales como el Fondo Monetario Internacional (FMI), la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), el Baco Mundial o el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).

Como consecuencia del COVID 19 el país "está atravesando una profunda y grave crisis sanitaria, social y económica", explicó. "La Ley 27.605 respeta el principio de legalidad" y "resulta un instrumento jurídico idóneo" dijo Lara Correa y citó varios textuales de legisladores para argumentar el carácter de emergencia y extraordinario del aporte: "Del análisis del debate parlamentario, se desprende, sin hesitaciones que el fin perseguido es contener los efectos de la pandemia global de SARS-COV-2 (Covid-19)" y "morigerar la crisis económica, social y sanitaria", señaló.
"El aporte establecido que recae sobre las grandes fortunas, fundado en la consideración de la crisis sanitaria, económica y social, no resulta descalificable desde el punto de vista de la razonabilidad" porque "no está probado que se haya desnaturalizado el derecho a la propiedad" dijo el juez.
Además se detuvo en uno de los argumentos de varios de los que presentaron amparos para no pagar el aporte, el supuesto carácter confiscatorio. En el caso Lara Correa explicó que el demandante realizó "afirmaciones dogmaticas" pero no ofreció pruebas.
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