La cadena de supermercados Carrefour fue multada por cometer más de 20 infracciones, como no exhibir el certificado de fumigación vigente o no tener plano de habilitación, en 31 sucursales de la Ciudad de Buenos Aires y deberá pagar una multa de 300 mil pesos.

 

La decisión la tomó el juez Ladislao Endre, titular del Juzgado n.° 25 del fuero Penal, Contravencional y de Faltas, en el marco de la causa caratulada “Contra INC SA por 2.2.14 – Sanción Genérica”.

 

Las infracciones, constatadas en octubre y noviembre de 2016, incluyen no exhibir plano de habilitación, ventilación mecánica y/o instalación electromecánica; disponer residuos diseminados en contenedor ubicado en vía pública fuera del horario legalmente permitido establecido por ley 662; no exhibir seguro de responsabilidad civil por cartel saliente, Registro QR de control de plagas ni certificado de fumigación vigente; almacenar alimentos en lugar inapropiado; no exhibir al momento de la inspección certificado de aptitud ambiental y su categorización ni manifiestos de disposición final de residuos peligrosos y permitir a empleados trabajar sin libreta sanitaria expedida por el GCBA, entre otros incumplimientos.

 

En los casos de las faltas sancionadas por los artículos. 1.3.9 – Residuos domiciliarios fuera de horario y/o en infracción a la ley de gestión integral de residuos sólidos urbanos-, 2.2.14 -Sanción genérica- y 4.1.22 -Exhibición de documentación obligatoria- del Código de Faltas porteño, el magistrado estableció el incremento en un tercio de los montos mínimos, “por aplicación del artículo 31 de dicho código por registrar INC S.A. antecedentes administrativos”.

 

En consecuencia, teniendo en cuenta los criterios establecidos por el artículo 28 del Código de Faltas, Endre impuso la multa de 27.014 unidades fijas, equivalente a 301.206 pesos de acuerdo al artículo 19 de la Ley 451, la cual reglamenta el pago de multas en Unidades Fijas y su valor en moneda de curso legal equivalente a medio litro de nafta de mayor octanaje.