La Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires prorrogó las resoluciones dictadas por la emergencia sanitaria hasta el 17 de julio inclusive. Asimismo, aclaró que tales disposiciones no alterarán la modalidad de prestación del servicio del personal actualmente vigente.
De esa manera, el máximo tribunal bonaerense prorrogó la Resolución N° 480/20, N° 535/20 y N° 558/20, sus aclaratorias y complementarias
Cabe recordar que cuando comenzaron las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio, el máximo tribunal de Justicia firmó un convenio con la Asociación de Judicial Bonaerense (AJB) para regular el teletrabajo del personal. Luego, mediante la Resolución N°480 dispuso la reanudación de determinados plazos y se dictaron pautas para la normalización de la administración de Justicia.
A raíz de la vigencia de esas medidas, desde la AJB advierten que desde fines de abril a la actualidad el personal que realiza tareas presenciales se incrementó en un 50% en el ámbito de Administración de Justicia, “lo que pone en evidencia los incumplimientos sistemáticos por parte de las y los magistrados a la normativa vigente que establece el funcionamiento de guardias mínimas, y la escasa decisión de la Suprema Corte de controlar su cumplimiento”.
En ese mismo sentido, señalan que “ninguna de las resoluciones que habilitó plazos procesales y la realización de determinamos en los procesos modificó el esquema de guardias mínimas dispuesto en la Resolución 386/20”. Ante la aparición de casos positivos en el Poder Judicial, la AJB le exigió a la Suprema Corte generalizar la aplicación del nuevo protocolo sanitario y garantizar el cumplimiento de las guardias mínimas.
Por otra parte, el máximo tribunal de Justicia dispuso suspender la feria judicial de invierno debido al impacto que generó en la Justicia la pandemia. También, le encomendó a la Secretaría del Personal la elaboración de una propuesta que contemple el derecho de los magistrados, funcionarios y agentes de gozar de una licencia compensatoria.
El gremio cuestionó esta medida y reclamar una instancia de negociación colectiva para discutir los términos de la reglamentación de ese acuerdo dictado, "donde se incluya la posibilidad de optar por el goce del descanso necesario durante el mes de julio a aquellas y aquellos empleados y funcionarios que sostuvieron el funcionamiento del Poder Judicial desde el comienzo de la pandemia, ya sea a través del trabajo presencial o del trabajo a distancia".
Cabe tener presente que si bien se habían adoptado diversas medidas para ampliar la actividad judicial de manera remota, el reclamo que persistía desde la abogacía era el de que se puedan iniciar nuevas causas y no solo las consideradas “urgentes”. Esto fue solicitado por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires (COLPROBA) en reiteradas oportunidades.
Asimismo, en una nota dirigida al presidente del máximo tribunal, Daniel Soria, la entidad pidió que se suspenda la feria de invierno y planteó que es necesario "disponer con urgencia de un plan estratégico donde se establezcan medidas concretas para recuperar el atraso reinante en el funcionamiento de Justicia". También, consideraron oportuno que se establezca una extensión horaria "que permita ir recomponiendo la demora en la tramitación de todas las causas y las que se inicien a futuro"
Ante ese escenario, la Suprema Corte dictó la Resolución N°593/20 mediante la que estableció un régimen a partir del 25 de junio para el ingreso, recepción y distribución por medios electrónicos de las causas correspondientes a los fueros civil, comercial, familia, laboral y contencioso administrativo. La recepción de causas que se inicien se realizan a través del Portal de Notificaciones y Presentaciones de la Suprema Corte.
Por último, ya son 40 los Juzgados de Paz de la provincia de Buenos Aires que restablecieron su servicio con plenitud. Asimismo, dispuso el restablecimiento del servicio de justicia en los órganos judiciales y dependencias administrativas de las cabeceras departamentales de Pergamino y Trenque Lauquen a partir del 1º de julio.
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