La justicia ordenó que todas las personas privadas de su libertad contagiadas de COVID-19 positivo sean trasladadas desde las alcaldías policiales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Servicio Penitenciario Federal. Así se resolvió tras la presentación de un habeas corpus colectivo.
La Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal resolvió el 2 de septiembre confirmar un fallo de la sala IV de la Cámara del Crimen que dispuso que los presos contagiados con coronavirus que están detenidos en comisarías porteñas deben ser trasladados a unidades carcelarias del Servicio Penitenciario Federal (SPF) para contar con condiciones y atención médica suficientes para su tratamiento.
En el fallo al que accedió Tiempo Judicial, los jueces Mario Magariños, Pablo Jantus y Alberto Huarte Petite revocó el fallo de la cámara del crimen y ordenó que las personas detenidas pertenecían al sistema federal y, por consecuencia, debieran estar alojadas en el SPF, ya que las “estadías en locales de CABA es un servicio temporario”.
En tanto, los camaristas dispusieron que los establecimientos de C.A.B.A. “están concebidos para detenciones breves, de tránsito de hasta 72 hs en alcaidías, carecen de los mínimos requisitos para la atención médica requerida y, además, presentan una elocuente sobrepoblación en todos sus ámbitos”.
El origen del habeas corpus colectivo fue presentado desde el Área de Centros No Penitenciarios de la Procuración Penitenciaria de la Nación la cual acreditó que aunque existían plazas disponibles suficientes en la Unidad 21 del SPF -especialmente adaptada para atender enfermedades infectocontagiosas- como para atender esa demanda, se impedían esos ingresos.
Así como se detectó que se encontraban alojados en alcaldías policiales de la Ciudad un grupo de personas diagnosticadas con COVID-19 positivo sin contar con las condiciones y atención médica suficiente para su tratamiento.
El Servicio Penitenciario Federal cuenta con protocolos integrales de prevención, detección y manejo de pacientes contagiados de Covid. Se trata de un servicio especialmente diseñado para tratar estos temas, incluso disponiendo de lugares especiales de internación y tratamiento.
Desde el organismo informaron que luego de “ineficaces intentos de solución en instancias administrativas y judiciales”, la PPN interpuso una acción habeas corpus correctivo colectivo ante la Justicia Nacional el día 14 de julio, recayendo la tramitación en el Juzgado Nacional de Menores N° 7.
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