El fuero porteño de Derecho para los consumidores tuvo esta semana su primera resolución de primera instancia en el Juzgado n.° 24 en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de Darío Reynoso, quien se declaró competente para entender en una causa por incumplimiento en la compraventa de un auto.

En el fallo al que accedió este medio cortesía de Ijudicial, el juez Reynoso fue más allá y ordenó que un embargo ejecutorio sobre las cuentas de una firma de venta de automotores e inició así el camino de la Defensa del Consumidor en la primera instancia del fuero Contencioso porteño.

La empresa denunciada por estafar a consumidores de planes de ahorro de automóviles es SIKER S.A. (CUIT Nº 30-71560723-5) y fue embargada por la Justicia hasta cubrir la suma de pesos $2.532.000 con más el 30 por ciento para responder a los intereses y las costas del proceso.

La demandada reconoció un incumplimiento de contrato de compraventa de automotor a la coactora por la suma de 2.900.000 pesos. Todo ello en el marco de la causa «V. L., L. S. y otros contra SIKER S.A. sobre relación de consumo», Expediente n.° 90079/2021-0 donde también se libró oficio al BCRA, para que “proceda a la efectivización del embargo ordenado”.

El magistrado recordó que “recientemente la Legislatura porteña sancionó el Código Procesal de la Justicia en las Relaciones de Consumo donde establece que la Justicia en las Relaciones de Consumo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires será competente para conocer […] en la ejecución de acuerdos conciliatorios homologados por la autoridad de aplicación conforme a la Ley Nº 757’ (artículo 5 inciso 6) y que en su Título VIII regula el procedimiento de ejecución de sentencias’«. «En razón de lo expuesto, declárase la competencia del tribunal para entender en autos”, sentenció Reynoso declarando su competencia en esta causa.