Esta semana, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires resolvió las medidas cautelares en cuatro expedientes de ciudadanos que reclamaban la vuelta a la normalidad para sus actividades ya sea la presencia en las escuelas de sus hijos o la apertura de sus negocios, por ejemplo. Esto quiere decir que el tribunal no resolvió el fondo de la cuestión sino las causas de urgencias como son las cautelares y planteos sobre su competencia originaria.
Pese al reclamo, en la primera causa los jueces bonaerenses desestimaron una medida cautelar presentada por dos parejas de padres en representación de sus hijos menores de edad de Tigre que le reclaman al gobierno bonaerense de Axel Kicillof la “validez constitucional del decreto N° 181/21, en parte modificatorio del decreto N° 178/21, del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires y la resolución N° 1208/21 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia” relacionados con las restricciones al dictado de clases presenciales en las escuelas del Área Metropolitana (AMBA).
En sus argumentos, la SCBA que integran los jueces expresaron que “la restricción viene impuesta obligatoriamente por el referido acto de la autoridad nacional”. Al respecto señala que dicha norma federal, en el último párrafo de su art. 10, define: “Establécese, en el aglomerado del ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES (AMBA), según está definido en el artículo 3° del Decreto N° 125/21, la suspensión del dictado de clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades, desde el 19 de abril hasta el 30 de abril de 2021, inclusive”.
En tanto, los reclamos de las intendencias de San Isidro y Vicente López fueron rechazados por la Corte Suprema “en función de su jurisprudencia tradicional en la materia ya que consideró no configurado los requisitos de la vía procesal señalada, determinando que los juicios sigan su trámite ante los organismos judiciales de la Provincia en los que fueron iniciados”. Ellos son los expedientes “Intendente de la Municipalidad de Vicente López c/ Provincia de Buenos Aires s/ Amparo – Cuestión de competencia”; B-77.038, “Municipalidad de San Isidro y Otros c/ Gobernación de la Provincia de Buenos Aires s/ Amparo – Cuestión de competencia”.
En el amparo iniciado por un grupo de 13 padres y madres del municipio de Avellaneda, la Suprema Corte provincial decidió “declarar que en el caso no se encuentra comprometida la competencia originaria y exclusiva de esta Suprema Corte y ordenar la inmediata radicación del expediente electrónico en el Tribunal en lo Criminal N°2 del Departamento Judicial de Avellaneda-Lanús”.
En otro amparo iniciado por padres en el partido bonaerense de Campana, el Juzgado Federal de del distrito a cargo de Adrián Gonzalez Charvay, según el fallo de Palabras del Derecho, se declaró incompetente para entender en una acción de amparo iniciada con el fin de que se ordene la vuelta a las clases presenciales. Y ratificó la competencia del reclamo ante los tribunales provinciales en línea con la Corte bonaerense. “El respeto del sistema federal y de las autonomías provinciales exige que sean dichos magistrados los que intervengan en las causas en que se ventilen cuestiones de ese carácter, sin perjuicio de que las de índole federal que también puedan comprender esos pleitos”, expresó el magistrado.
¿Qué paso en la Justicia porteña?
Esta semana hubo dos rechazos de la Justicia local sobre dos temas distintos sobre las restricciones que tomaron los gobiernos nacional y porteño sobre el Covid-19. El primero fue del Juzgado 15 en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires, Victor Trionfetti, quien rechazó in limine la demanda interpuesta de una persona discapacitada que reclama su inoculación contra el coronavirus. (“K., A. M. contra GCBA sobre Amparo – Salud – Medicamentos y Tratamientos”).
Según el fallo de Ijudicial, el ciudadano “A. M. K.” interpuso la acción de amparo contra el GCBA para que “ese con la omisión consistente en no habilitar la vacunación contra el Covid 19 respecto del amparista, y proceda a su urgente inmunización”. El ciudadano argumentó en su demanda que “es una persona que padece una discapacidad y que se lo ha calificado como ‘emergencia covid 19. 55 años en seguimiento por la especialidad por enfermedad de chron moderado con requerimiento quirúrgico y ahora en remisión bajo tratamiento inmunodepresor con azatioprina. Tiene antecedentes además de ser monorreno, hipertenso y sufrir epoc'”.
El juez porteño argumentó el rechazo citando la normativa del Plan Nacional de Vacunación según leyes nacionales y locales que “si cada persona decidiera definir cómo debe aplicarse la vacuna de acuerdo a su situación y preferencias particulares, dejaría de existir una política pública en materia sanitaria en este sentido. Estaríamos frente a un atomización en la entrega de vacunas según las preferencias y capacidad de cada uno o una para reclamar ante la justicia que se le otorgue la vacuna. No es una cuestión de quién primero llega a los botes salvavidas, sino de salvar a todes en un marco de juridicidad, igualdad y racionalidad”.
Ayer, el Juzgado 20 en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de Cecilia Mólica Lourido, se declaró “incompetente” en el marco de la causa «WOD SA contra GCBA sobre Amparo – Otros», empresa dueña de un gimnasio que pidió su reapertura a la Justicia local.
La empresa demandó al gobierno porteño con el objetivo de “hacer cesar la lesión que le producirían las medidas dispuestas por el D.N.U. 241/PEN/2021 y que se le permita el normal funcionamiento del gimnasio que opera porque sostiene que el DNU, además de violar la autonomía de la Ciudad, afecta en forma directa e inmediata diversos derechos contemplados en la Constitución Nacional y en distintos tratados internacionales; a saber, el derecho a la salud, a trabajar y a ejercer toda industria lícita, a transitar libremente y a disponer de la propiedad privada”, agregaron los demandantes.
La Justicia porteña envió la causa a la Justicia Federal donde los dueños del gimnasio plantean la invalidez del DNU 241 y retomar el funcionamiento de su local con los protocolos aprobados por el GCBA con el 30 por ciento de su capacidad.
La magistrada señaló que "una primera aproximación al tema permitiría afirmar que, en la medida que se encontraría demandado el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la competencia para entender en el caso bajo examen correspondería a este fuero local".
Sin embargo, añadió que "no puede pasarse por alto que el amparista, en orden a dar sustento al objeto de su demanda, únicamente cuestiona la validez del decreto de necesidad y urgencia mencionado, dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el cual se dispuso para el Área Metropolitana de la Buenos Aires –en lo que aquí interesa- la suspensión de todas las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas que se realizan en ámbitos cerrados, desde el 16 de abril hasta el 30 de abril de 2021 (…). Esa circunstancia impondría necesariamente efectuar un análisis de normativa de índole federal".
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