En el marco de la pandemia de Covid-19, la Corte Suprema dispuso una serie de medidas en el marco de “limitar al mínimo posible la atención presencial al público –con excepción de aquellas actuaciones en la que resulte indispensable” la presencialidad en los tribunales.

El Máximo Tribunal dispuso que los tribunales inferiores "limiten al mínimo posible, durante el mismo período, la atención presencial al público; salvo para las actuaciones procesales en las que resulte indispensable la presencia de los letrados y/o las partes y conforme a lo que al efecto disponga la respectiva autoridad que ejerza la superintendencia".

El tribunal presidido por Carlos Rosenkrantz estableció además que "aquellas autoridades deberán asegurar la mínima asistencia posible de personal a los lugares de trabajo, dando prioridad a la prestación de servicios por medios virtuales o remotos".

Violencia doméstica

En lo referido a la Oficina de Violencia Doméstica señaló que "habilitará una dotación de personal suficiente para el desempeño de sus funciones, siguiendo los lineamientos -sanitarios- y reforzando la participación remota de los profesionales para la atención de los casos que se presenten".

Protocolos

En línea con lo dispuesto el año pasado que contamos en estas placas, la Corte dispuso se debe “garantizar la prestación del servicio de justicia, arbitrando las medidas que tiendan a la protección de la salud del personal”. Es decir que las  autoridades dispondrán “ las  acciones y protocolos correspondientes  para mantener  las medidas   preventivas establecidas por las autoridades nacionales, provinciales y por esta Corte en las acordadas dictadas a lo largo de la pandemia”.

Plazos procesales

Por un lado, los ministros decidieron que entre el 26 y el 28 de mayo ambos días incluídos se suspendan los plazos procesales pero, en el mismo sentido, también decidieron que "la suspensión no afectará el curso de los plazos respecto de aquellos actos que, previa notificación a los interesados, así lo dispusiera el magistrado, funcionario o autoridad competente".

Las disposiciones contaron con las firmas digitales de los ministros Carlos Rosenkrantz, Elena Highton, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda.