En el caso del asesinato de las turistas francesas en Salta, tras un arduo trabajo de la ONG Innocent ProjectAR, la Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto la sentencia que condenó a Santos Clemente Vera a prisión perpetua por el homicidio de Cassandre Bouvier y Houria Moumni, cuyos cuerpos fueron hallados sin vida el 29 de julio de 2011, en la Quebrada de San Lorenzo. Ordenó el dictado de un nuevo fallo.
Vera había sido absuelto por la Sala II del Tribunal de Juicio de Salta, luego la Sala III del Tribunal de Impugnación revocó la absolución de Vera y lo condenó a la pena de prisión perpetua como coautor de los mencionados delitos. Y llegado el caso hasta la Corte Suprema con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenktranz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó el dictado de un nuevo fallo.
Para ello sostuvo que se habían valorado indebidamente diversas pruebas, como la pericial, el alcance de lo declarado por los peritos en el debate, la credibilidad que correspondía otorgarle a los testigos de descargo de Vera, así como también las declaraciones incriminatorias del co-imputado Lasi.
“Gracias a Dios, Bouvier creyó en mi inocencia”, dijo Santos Clemente Vera.
La defensa de Vera recurrió ese pronunciamiento ante la Corte de Justicia de la Provincia de Salta. Entre otros agravios, afirmó que el Tribunal de Impugnación carecía de competencia a los fines de dictar una sentencia condenatoria. En tal sentido sostuvo que, a tenor de sus fundamentos y de conformidad con la ley procesal local, debió haber anulado la sentencia absolutoria y devuelto el expediente al tribunal oral para la sustanciación de un nuevo juicio.
La CSJN expresó que no debe verse en el sentido de este pronunciamiento una injerencia indebida de esta Corte en una cuestión de índole local, pues en realidad lo que se está decidiendo es que se respete la normativa procesal vigente, dictada por la propia provincia en ejercicio de sus facultades constitucionales.
En otra sentencia, el Máximo Tribunal desestimó el planteo de Gustavo Orlando Lasi, quien también había sido condenado a prisión perpetua por el homicidio de las turistas francesas.
El tribunal de juicio había condenado a Lasi por los delitos de robo calificado por el uso de arma, abuso sexual con acceso carnal agravado y doble homicidio calificado criminis causa, todos en concurso real. Asimismo, hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua y, en consecuencia, le impuso a Lasi la pena de 30 años de prisión.
"Tenemos mucha emoción por tantos años de espera que generó esta causa", dijo a Télam Manuel Garrido, presidente y director de Innocence Proyect Argentina, tras conocer el fallo de la Corte.
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