El juez laboral Raúl Horacio Ojeda modificó parcialmente su propia decisión y restituyó el mecanismo de actualización de deudas laborales previsto en la reforma aprobada por el Congreso. De este modo, volvió a regir el esquema que aplica un 3% adicional más inflación, al considerar que resulta más beneficioso en comparación con otros sistemas vigentes en distintas provincias.

“Un nuevo análisis de la cuestión me lleva a revocar por contrario imperio la medida adoptada”, sostuvo el magistrado, quien aclaró que el debate de fondo se resolverá en la sentencia definitiva.

Según explicó, un estudio de la Red Académica de Jueces del Trabajo concluyó que su decisión previa podía perjudicar a los trabajadores, especialmente en jurisdicciones con esquemas de actualización más bajos.

Duro revés para el gobierno de Javier Milei: un juez frenó la aplicación de 82 artículos de la reforma laboral

Pese a este cambio, se mantiene la suspensión de 81 artículos centrales de la reforma laboral, tras la cautelar solicitada por la CGT. Entre los puntos frenados figuran el Fondo de Asistencia Laboral, las limitaciones al derecho a huelga, cambios en las indemnizaciones y la derogación de la ley de teletrabajo.

El fallo advirtió sobre el “peligro en la demora” al aplicar la norma antes de una definición judicial, ya que podría generar “daños irreparables” si luego se declara inconstitucional. En ese sentido, también remarcó la importancia de preservar la seguridad jurídica.

La demanda sindical cuestiona que la reforma introduce “modificaciones peyorativas y permanentes” que afectarían derechos laborales básicos. Ojeda, al admitir la presentación, subrayó que la intervención judicial es clave para garantizar el respeto de la Constitución