La Corte Suprema de Justicia dejó firme la obligación de reparar económicamente a los familiares de los estudiantes asesinados en la Masacre de Carmen de Patagones, ocurrida en 2004, al confirmar la responsabilidad estatal en los hechos. La condena alcanza tanto al Estado nacional y como al de la provincia de Buenos Aires.

El episodio tuvo lugar en la Escuela de Educación Media N° 202, cuando el alumno Rafael Juniors Solich, de entonces 15 años,  ingresó al aula tras el acto de izamiento de la bandera y efectuó varios disparos con una pistola 9 mm perteneciente a su padre, integrante de Prefectura Naval. El ataque provocó tres muertes y dejó cinco heridos.

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En su resolución, el máximo tribunal consolidó el criterio de responsabilidad del Estado por fallas en la prevención y el control. Sostuvo que hubo omisiones relevantes tanto en el ámbito escolar como en el control del arma utilizada.

En el caso del establecimiento educativo, se advirtió que existían señales previas de conductas violentas que no fueron abordadas con medidas preventivas eficaces, pese a la intervención de equipos de orientación.

Respecto del arma, se consideró probado que no contaba con resguardo adecuado en el domicilio del agente, lo que facilitó el acceso del adolescente. De este modo, se descartó el argumento estatal que atribuía el hecho a una situación imprevisible.

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