La Unidad de Investigaciones Complejas Oeste, a cargo del Fiscal de Cámara Martín Lapadú, condenó por primera vez a un chofer de UBER por el uso indebido del espacio público y por ejercer ilegítimamente una actividad, sancionados en los artículos 74 y 83 del Código Contravencional.
El Fiscal de Cámara, Martín Lapadú, realizó un juicio abreviado con el chofer de UBER y lo condenó a dos días de arresto y a la inhabilitación para conducir cualquier tipo de rodado por dos meses. El fiscal consideró al conductor autor responsable de las contravenciones previstas en los artículos 83 y 74 del Código Contravencional y la condena queda en suspenso. La resolución fue homologada por la jueza Claudia Alvaro, titular del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 16.
Lapadú dispuso que para que la condena quede en suspenso, el chofer no debe usar la aplicación UBER bajo ninguna circunstancia, y además fijar residencia y comunicar a la Fiscalía cualquier cambio de ésta y cumplir con las citaciones o requerimientos que la Fiscalía o el Juzgado hiciere.
La Fiscalía comenzó a investigar al conductor de UBER al recibir un acta de comprobación hecha por el Gobierno de la Ciudad, en el marco de los controles de transito que se realizan en la vía pública. Al imputado le fue labrada un acta por transporte ilegal por conducir un vehículo particular marca Renault, modelo Sandero, el 22 de diciembre de 2016, ofrecido como servicio de socio conductor de UBER. En el juicio abreviado se comprobó además que el chofer había recibido pagos por la suma de $4361 de UBER a través de la firma Payment SRL por prestar servicios de socio conductor a la empresa.
“Con esta primera condena a un chofer de UBER, que lo sanciona a penas de arresto e inhabilitación para conducir, queda afirmada en una sentencia condenatoria la ilicitud de las conductas de los choferes de UBER”, afirmó el fiscal Lapadú. Y agregó que “en la medida que las causas de los choferes de UBER estén en la etapa de investigación, cuando estos sean citados, o se acerquen a la fiscalía de forma espontánea, podrán solicitar esta misma modalidad de juicio abreviado, la cual será evaluada según el caso”.
La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires había confirmado la resolución de primera instancia dictada a fines de enero por la jueza María Fernanda Botana, que clausuraba preventivamente la web, plataformas digitales y aplicaciones que permitan contratar servicios de transporte de pasajeros por intermedio de la empresa UBER en todo el territorio argentino.





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