La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ratificó la constitucionalidad del sistema de sorteos de la Ley de Ingreso Democrático del Ministerio Público Fiscal. El fallo destaca que el sistema diseñado “tiene en cuenta la idoneidad de los postulantes en diversas etapas del proceso de selección”.

 

La resolución declara la validez constitucional de los artículos 51, 52 y 53 del Reglamento para el Ingreso Democrático e Igualitario al Ministerio Público Fiscal de la Nación, aprobado por Resolución 507/14 de la Procuración General de la Nación que, en el caso de producirse una vacante, una vez conformada la lista definitiva de hasta cien postulantes que encuadran con el perfil requerido, establece un sistema de sorteos para llegar al tope de diez candidatos.

 

Los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz hicieron lugar al recurso extraordinario presentado por el Ministerio Público Fiscal y revocó de esa manera una sentencia de la Cámara Federal de Salta que, tras hacer lugar al amparo de un postulante, declaró la inconstitucionalidad de la norma.

 

Para la Corte, el sistema de sorteos vigente tiene en cuenta la idoneidad de los postulantes en diversas etapas del proceso de selección, en primer lugar al realizarse una prueba de oposición que permite determinar quiénes accederán a la etapa del sorteo y, luego de realizado el mismo, cuando el titular de la dependencia respectiva procede a seleccionar al candidato.

 

En consecuencia, afirma que la imposición de un sorteo en una etapa intermedia del mencionado proceso de selección no resulta violatoria del art. 16 de la Constitución Nacional.

 

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