La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el pedido de arresto domiciliario realizado por el ex juez federal de Orán, Salta, Raúl Reynoso que está acusado por el cobro de coimas de narcotraficantes, por los delitos de asociación ilícita, concusión y prevaricato.
Los jueces de Cámara Ángela E. Ledesma, Alejandro W. Slokar y Ana María Figueroa basaron su decisión en que no se en encontraba acreditado el apartado a) del artículo 32 de la ley nº 24.660 -reformado por la ley 26.472, que establece que "el juez, cuando lo estime conveniente, podrá disponer la supervisión de la medida a cargo de un patronato de liberados o de un servicio social calificado, de no existir aquél. En ningún caso, la persona estará a cargo de organismos policiales o de seguridad".

Raúl Reynoso, ex juez federal de Orán, Salta
La jueza Ledesma, quien lideró el acuerdo, consideró que “dado que la defensa únicamente se ha limitado a cuestionar los argumentos dados sobre el supuesto ‘a’, y no ha aportado elemento alguno que rebata las circunstancias evaluadas por el tribunal para descartar que las dolencias que padece Reynoso puedan ser abordadas y tratadas dentro de la Unidad Penitenciaria, corresponde rechazar este agravio”.
Así también, sostuvo que “no se ha acreditado que por el hecho de haber sido ex juez federal haya un riesgo que pueda representar un peligro concreto a la seguridad del Reynoso, encontrándose la situación controlada por el Complejo quienes deberán continuar adoptando las medidas necesarias que garanticen la integridad del interno”.
En tanto que el juez Slokar expresó su adhesión en lo sustancial con la solución de rechazo, la jueza Figueroa dijo que “la defensa en su presentación no demostró que la valoración efectuada por el Tribunal a quo de los informes médicos labrados por el Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y por los profesionales médicos y psicológicos del CPF III, presente arbitrariedad alguna”.
Y señaló: "El recurrente no logra acreditar la situación de peligro que alega en torno a la seguridad de Reynoso, siendo que el tribunal valoró que el hecho aludido fue un incidente aislado y controlado por el personal de seguridad del Servicio Penitenciario”.
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