Luego de la decisión de revisar los traslados de diez jueces federales, dos de ellos presentaron esta semana un amparo contra el Consejo de la Magistratura pidiendo la “inconstitucionalidad de la resolución 183/20” de este organismo. “Es ilegítimo el trámite de revisión” y piden que “se declare la ilegalidad y nulidad e inconstitucionalidad de la Resolución 183/2020 del Plenario del Consejo de la Magistratura de fecha 30 de julio pasado”. Amparo.

La historia tiene varios idas y vueltas. La polémica empezó en el gobierno de Mauricio Macri cuando la entonces composición del Consejo de la Magistratura de la Nación aprobó varios traslados de magistrados federales en Comodoro Py tras la salida o renuncia por diversos motivos de varios jueces de este polémico fuero.

El 16 de marzo de 2018, el Consejo aprobó el traslado de Leopoldo Bruglia por el destituido camarista Eduardo Freiler el Tribunal Oral Federal 4 a la Sala 1 de la Cámara criminal y correccional federal, un lugar estratégico porque revisa las actuaciones de los jueces de Comodoro Py en causas de corrupción de funcionarios públicos.

En noviembre del año pasado se aprobó un nuevo reglamento tras la polémica en la anterior composición del CM por los traslados de jueces que nunca se había realizado de esta forma. En los años de gobierno de Macri se produjeron los traslado de Carlos Mahiques, Eduardo Farah, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi y, entre los más sensibles y polémicos. Estos dos últimos son quienes presentaron el amparo.

Bertuzzi fue trasladado del TOF 4 de la Capital a la Cámara Federal al igual que Eduardo Farah (desde el Tribunal Oral en lo Penal Económico N°1 al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3 de San Martín). Esto se debió a las críticas de Macri y su gabinete a los jueces que en ese momento integraban la Sala 1 criminal de Comodoro Py, Eduardo Farah y Jorge Ballestero que decidieron la excarcelación del empresario y dueño de medios Cristóbal López. Por ejemplo, hoy la sala 1 de la cámara federal porteña está compuesta por dos jueces "trasladados": Bertuzzi y Bruglia al que se suma Mariano Llorens también nuevo. Así como Mahiques padre llegó al máximo tribunal penal del país. Es el padre de Juan Bautista, ex funcionario de Macri y actual jefe de los fiscales porteños.

Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi.

Luego de varias discusiones entre los consejeros en el organismo que juzga y selecciona a los jueces, que cubrió Tiempo Judicial, se aprobó ajustadamente la resolución 183/2020 que es la que impugnan Bruglia y Bertuzzi, asesorados por los abogados Alejandro y Francisco Carrió.

Esta resolución del Consejo revisará 10 traslados de jueces de los últimos años. Se trata de los traslados de Niremperger Zunilda, Iglesias Juan Manuel, Bruglia Leopoldo Oscar, Farah Eduardo Guillermo, Castelli Germán Andrés, Velázquez Enrique Gustavo, Skanata María Verónica, Hansen Esteban Eduardo, Bertuzzi Pablo Daniel y Villena Federico. Bruglia y Bertuzzi por ahora son los únicos que reniegan de esta decisión y argumentan que sus “traslados son definitivos”.

¿Qué solicitan en el amparo?

Hoy en día, Pablo Daniel Bertuzzi y Leopoldo Oscar Bruglia, son integrantes de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, y llevan adelante juicios a ex funcionarios públicos por corrupción.

Ambos argumentaron que los traslados efectuados por los decretos 835/2018 y 278/2018 están “firmes y consentidos” y solicitan que “se dicte una medida precautelar y una medida cautelar de no innovar disponiendo la inmediata suspensión de los efectos del artículo 1° de la Resolución CM 183/2020”.

El amparo de los dos jueces atornillados pidieron al juzgado federal de Sebastián Casanello que se le “ordene al Poder Ejecutivo Nacional y al Senado de la Nación que se abstengan de iniciar el trámite previsto en el art. 99 inciso 4 Constitución Nacional con referencia nuestra a la designación en la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo, toda vez que tal remisión al Poder Ejecutivo y el Senado de la Nación es el resultado de una decisión ilegítima de la demandada”.