En un juicio que duró dos días la Justicia en lo Penal, Contravencional y de Faltas (PCyF) de la Ciudad de Buenos Aires condenó a un año y seis meses de prisión en suspenso a un empresario por amenazas, en un contexto de violencia de género, a su ex pareja. Los hechos ocurrieron en 2016 pero la causa se retrasó por los pedidos constantes y dilatorios de la defensa del hombre.
Los hechos sucedieron en 2016 cuando un empresario de la salud amenazó a su entonces pareja. La mujer lo denunció en julio de 2017 y en septiembre de ese año se realizó el requerimiento de elevación a juicio. La causa fue llevada adelante por la fiscala Silvina Bruno, a cargo de la Fiscalía PCyF Nº 9 especializada en Violencia de Género quien caratuló la causa como amenaza simple dentro de un contexto de violencia de género.
Al momento del requerimiento la fiscalía ya tenía pruebas sobre el accionar del hombre pero la causa sufrió una demora debido a los constantes planteos y recursos formulados por la defensa. A lo que se sumó luego un asunto de salud del imputado, que le impedía estar en juicio. Finalmente la causa radicada en el Juzgado PCyF Nº 4, a cargo de la jueza Rocío López Di Muro, llegó a juicio.
Allí en dos días de audiencias la fiscalía no solo probó el hecho sino también el contexto de violencia de género de larga data, a través del testimonio de 17 testigos, entre ellos la hija, la psicóloga, y amigas de la denunciante. Las declaraciones dieron cuenta tanto de la situación de violencia como del control y aislamiento al que el denunciado tenía sometida a la denunciante.
Uno de los argumentos de la defensa del hombre era que no podía considerarse un supuesto de violencia de género, dado que la víctima es una mujer económicamente independiente, con altos ingresos. "Con la colaboración de las/os equipos interdisciplinarios que asistieron y contuvieron a la víctima, la Fiscalía planteó que no sólo la violencia no reconoce clases sociales, sino que el control y el sometimiento van más allá de una cuestión meramente económica y/o patrimonial", explicaron desde la fiscalía.
En la causa finalmente la fiscal Bruno solicitó 2 años de prisión para el imputado y la jueza López Di Muro lo condenó a 1 año y 6 meses de cumplimiento condicional, y a realizar un taller psico-socio-educativo para varones que han ejercido violencia de género, además prohibirle todo tipo de contacto con la denunciante. La pena por amenazas simples admite penas que van de 6 meses a 2 años de prisión.
Según explicaron desde la Fiscalía General de la Ciudad se trata de un caso que " se inscribe en una línea de litigio estratégico definido por el Fiscal General de la Ciudad en la reciente Resolución FG Nº 65/2021, que establece nuevos criterios para el abordaje de la violencia de género".
"Uno de los objetivos centrales de esta nueva política consiste en impulsar investigaciones que logren sancionar a los responsables de estos hechos, a la vez que visibilizar todas las aristas de esta compleja problemática, para generar mejores prácticas judiciales que permitan garantizar soluciones más eficaces en beneficio de las víctimas de violencia y de la sociedad en general", sostuvieron.
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