La Cámara Federal de Mar del Plata revocó la medida cautelar que frenaba el proyecto de exploración petrolera a 300 kilómetros de las costas de Mar del Plata. Desde hace tiempo el Poder Judicial viene analizando la situación. Ahora consideraron que tanto el gobierno nacional como la empresa Equinor finalmente cumplieron con los requisitos que se habían solicitado en una sentencia anterior.
La causa se inició después de que en diciembre del año pasado el gobierno nacional, mediante resolución 436/2021, habilitara la explotación petrolera en tres zonas que se ubican frente a las costas de Mar del Plata. Vecino y vecinas fueron a la justicia para detener esto y en enero de este año el juez federal de Mar del Plata Santiago Martín suspendió los trabajos. De la causa también participa como querellante el actual intendente de esa ciudad Guillermo Montenegro.
El Juzgado Federal N° 2 de Mar del Plata ratificó en octubre pasado esa medida cautelar pero ello fue apelado por los representantes de las petroleras y allí volvió a la Cámara que este 5 de diciembre notificó a las partes su decisión de levantar la medida en un fallo de treinta y dos páginas firmado por los jueces Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez.
Los jueces explicaron que resulta “natural que en este tipo de pleitos los intereses en pugna aparezcan contrapuestos. En efecto, los proyectos humanos acarrean usualmente impactos ambientales”. Aunque explicaron: “estamos persuadidos que la inclusión, en el Proyecto, de Observadores pertenecientes a Pampa Azul, optimizaría el cuidado del Monumento Natural Ballena Franca, la tutela del Agujero Azul, así como la posibilidad de suspender toda actividad ante un acontecimiento que afecte sensiblemente al ambiente”.
Con todo esto decidieron levantar la medida cautelar “pues deben tenerse por cumplidos todos los requisitos establecidos por esta Cámara oportunamente” y agregaron que “ello no obsta que se establezcan algunas condiciones adicionales, que deberán cumplirse en el curso del Proyecto, y que serán adoptadas oficiosamente por ésta Alzada”.
En ese sentido los magistrados sostuvieron que “las actividades de prospección sísmica no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a cincuenta (50) km. del Agujero Azul” y que “las actividades propias del Proyecto deberán suspenderse inmediatamente, ante la verificación de cualquier acontecimiento que dañe sensiblemente al ambiente, tanto por parte de las autoridades administrativas o judiciales como por parte de los responsables de su ejecución”.
Y concluyeron: “se exhorta a las autoridades administrativas a que propicien y mantengan permanentemente un máximo nivel de control sobre las actividades del Proyecto, para cumplir con las mandas que el derecho impone en la materia respecto a la tutela del medio ambiente”.
Tras conocerse el levantamiento de la medida cautelar vecinos, asambleas, colectivos y organizaciones convocaron para este martes 6 de diciembre a una gran movilización a las 10:30 de la mañana en la Cámara Federal Marplatense ubicada en Diagonal Pueyrredon y Rioja, en Mar del Plata.
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