El Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal que preside Ricardo Gil Lavedra presentó una acción de amparo contra la Circular n.° 22/23 de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) porque considera que “viola de manera ilegal y arbitraria los derechos de quienes ejercen la profesión y de sus defendidos. La normativa impide que los trámites para obtener el beneficio jubilatorio puedan ser iniciados mediante representación legal”.
“La circular del ANSES que prohíbe la intervención de abogados y abogadas es abiertamente inconstitucional. Lesiona el derecho constitucional de trabajar y altera arbitrariamente las reglas del mandato del Código Civil y Comercial. Desde el Colegio Público de la Abogacía hemos interpuesto una acción tendiente a restablecer la juridicidad del tema y a pedir que la justicia declare la contrariedad constitucional de esta circular", expresó Gil Lavedra en diálogo con Tiempo Judicial.
La decisión de la ANSES de prohibir la actuación de los abogados es injustificada e incomprensible, porque no solo restringe y afecta el trabajo profesional, sino que también limita los derechos de los potenciales beneficiarios del sistema previsional, alertaron desde el CPACF.
También se sumaron agrupaciones de abogados que cuestionan la medida y la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), presidida por José Luis Lasalle, tomó la decisión de presentar un recurso de amparo porque la medida impuesta por la ANSES “limita ilegal y arbitrariamente la actuación de abogados y abogadas como apoderados de los titulares en la gestión y tramitación de beneficios establecidos por la ley 27.705, conocida como el `Plan de Pago de Deuda Previsional`”.
En una nota dirigida a cada colegio de abogados que componen la entidad, FACA explicó que “se ha dispuesto requerir a cada Colegio, Asociación o Consejo miembro de la FACA, la realización con la mayor premura posible de Actas de Constatación Notarial en las UDAI locales a efectos de acreditar los obstáculos e impedimentos a los que se alude precedentemente, y su posterior remisión a la Secretaría de nuestra Institución - al mail secretario@faca.gov.ar, conservando cada original para el caso de una eventual necesidad de su presentación ante el juez interviniente”.
Además, los abogados cuestionan al organismo previsional porque se restringe la presentación de formularios certificados por funcionarios públicos habilitados por la legislación vigente, y se impide el uso de formularios diferentes a los proporcionados por el organismo.
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