El Poder Ejecutivo envió a la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto para actualizar la ley de Protección de Datos Personales. Entre otras cosas, se busca incorporar un capítulo especial sobre la seguridad de niños, niñas y adolescentes en las plataformas web y aplicaciones.
La iniciativa, que incorporaría unos 83 artículos más, se encuadra en tres pilares que tienen que ver con el derecho humano a la protección de los datos personales y la autodeterminación informativa; la innovación tecnológica -basada en principios éticos- que promueva un desarrollo económico inclusivo; y la construcción de confianza a través de reglas de juego claras.
Una de las novedades del proyecto es que incorpora a los menores de 18 años, sujetos no mencionados en la actual Ley 25.326. En este sentido, se propone: "se prohíbe realizar el tratamiento de datos personales de niños, niñas y adolescentes en los juegos, aplicaciones, desarrollos e innovaciones tecnológicas, u otras actividades afines que involucren información personal, más allá de lo estrictamente necesario para la realización de la actividad".
Asimismo, se consideraría válido "el consentimiento de adolescentes a partir de 16 años para el tratamiento de sus datos personales" y en el caso de menores de 16 años, aclara que podrán "dar su asentimiento informado, pero el tratamiento únicamente se considerará lícito si la persona titular de la responsabilidad parental o quien se encuentre a cargo de su ejercicio o de la guarda o tutela sobre la niña, el niño o adolescente otorgó el consentimiento".
Las empresas prestadoras de servicios de información crediticia, un punto sensible en lo que tiene que ver con la protección de datos, la iniciativa dice que "el tratamiento de datos de parientes de la persona titular de los datos, exceptuando el supuesto de quienes participen dentro de una misma sociedad comercial". Y se aclara que "solo se pueden tratar datos personales que sean significativos para evaluar la solvencia económico financiera durante los últimos 5 años”.
También, este proyecto permite actualizar las sanciones y multas establecidas en la ley e incorporaría una unidad móvil sujeta a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), además de elevar los montos de estas multas. En este sentido, se plantea un valor inicial de la unidad móvil de $10.000, que deberá actualizarse anualmente según el índice de inflación publicado por el INDEC.
Con respecto a las fuentes periodísticas, la iniciativa propone que en ningún caso se puede afectar el secreto de las fuentes de información periodística. Sin perjuicio del secreto de la fuente de información periodística, todo otro tratamiento de los datos personales en el marco de esta actividad se encuentra alcanzado por la ley.
Otro punto interesante es que los titulares de los datos podrán saber si se están tratando sus datos personales y se crea la figura del "Delegado de Protección de Datos" y el Registro Nacional para la Protección de los Datos Personales. El proyecto, girado a las comisiones de Asuntos Constitucionales, Legislación General y Presupuesto y Hacienda, fue elaborado, según consigna en sus considerandos, basado en "los más recientes estándares, recomendaciones y lecciones aprendidas en nuestra región y en el mundo durante los últimos años".
"Luego de más de 20 años, el Estado Nacional requiere actualizar su normativa en pos del fortalecimiento de las capacidades estatales de regulación y gestión de políticas públicas con el objetivo de dar respuesta a los nuevos desafíos que imponen las transformaciones tecnológicas y el desarrollo de la economía digital y, a su vez, armonizar con los estándares regionales e internacionales, desde un enfoque de derechos humanos y desde una mirada situada y soberana", concluye en sus argumentos.
📝 Informe: Protección legal de datos personales inferidos
✍🏽 Reflexionamos sobre la importancia de entender que los datos inferidos son datos personales, y como tales deben ser regulados desde una perspectiva de derechos humanos.
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— Fundación Vía Libre (@FViaLibre) August 2, 2023
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