El Gobierno nacional oficializó un nuevo marco regulatorio para vapeadores, cigarrillos electrónicos y bolsas de nicotina que implica, en los hechos, la apertura del mercado bajo un esquema de registro y control estatal. La medida fue aprobada por el Ministerio de Salud a través de la Resolución 549/2026, publicada en el Boletín Oficial.

Desde el Ejecutivo sostienen que “la medida tiene como objetivo reemplazar el esquema de prohibición vigente por un sistema de registro, control y fiscalización específico”, argumentando que la prohibición no logró frenar el consumo, que alcanzó al 35,5% en adolescentes.

Sin embargo, la decisión genera interrogantes entre especialistas sanitarios, que alertan sobre el riesgo de normalizar y expandir la oferta de productos de nicotina en lugar de restringirla. En un contexto de consumo creciente entre jóvenes, la apertura regulada podría facilitar la circulación de dispositivos que hasta ahora estaban prohibidos.

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El nuevo esquema incorpora a estos productos dentro de la Ley 26.687, pero habilita su comercialización bajo condiciones específicas: advertencias sanitarias, límites de publicidad y restricciones de sabores, aunque solo se prohíben algunas presentaciones como los dispositivos desechables precargados.

También se crea un registro nacional obligatorio para fabricantes e importadores, que deberán declarar composición, ventas y datos de consumo. Aquellos productos no inscriptos quedarán fuera del circuito legal.

Si bien el Gobierno afirma que busca “reducir los riesgos asociados al consumo”, la estrategia plantea una tensión central: pasar de la prohibición total a un mercado regulado en expansión, en un escenario donde la evidencia sobre el impacto del vapeo en adolescentes aún genera fuerte debate sanitario.