Un juzgado civil de Morón desestimó la revocación de donación solicitada por una mujer que pretendía recuperar una vivienda que había transferido a sus hijos, al considerar que no se acreditó la “ingratitud” exigida por la normativa.
La propiedad, ubicada en Hurlingham y utilizada durante años como hogar familiar, fue donada en 2006 mediante escritura pública a ambos descendientes, sin que la madre conservara usufructo ni derecho de habitación. Con el paso del tiempo, la relación con uno de ellos se deterioró y derivó en un conflicto que terminó en tribunales.
En su demanda, presentada en 2021, la mujer sostuvo que su hijo la había expulsado del inmueble tras una serie de episodios de maltrato, lo que la dejó sin vivienda. También mencionó denuncias policiales y medidas judiciales que, según afirmó, no fueron respetadas por el demandado.
El hijo negó los hechos y aseguró que la situación respondía a enfrentamientos familiares prolongados, con agresiones de ambas partes. Durante el proceso se incorporaron testimonios, informes psicológicos y actuaciones de otros expedientes.
Al evaluar las pruebas, la jueza concluyó que existió un conflicto sostenido, pero sin elementos suficientes para configurar la ingratitud en los términos que exige el Código Civil para revocar una donación. Señaló que la carga de probar esas injurias recae en quien las invoca y que no se acreditaron conductas de la entidad requerida.
El fallo remarcó que la revocación de donaciones es una herramienta excepcional y que no puede aplicarse frente a disputas familiares comunes. En consecuencia, confirmó la validez de la donación y rechazó el reclamo.





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