Elaborarán un protocolo de manipulación de cadáveres no identificados a partir de un amparo colectivo del Equipo Argentino de Antropología Forense, que reclama la obligatoriedad de extracción de ADN de los cuerpos de personas NN. 

 

La jueza Andrea Danas, a cargo del juzgado N° 9 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, ordenó la difusión de la existencia, objeto y estado procesal de un amparo en el que se debaten intereses colectivos. 

 

Miembros científicos del Equipo Argentino de Antropología Forense iniciaron la acción colectiva para que "se ordene al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la urgente e inmediata elaboración de un Protocolo para la manipulación de cadáveres de personas no identificadas (NN), en lo que se establezca la obligatoriedad de obtener muestras de material biológico (ADN), con carácter previo a la inhumación o cremación de los cuerpos".

 

Este pedido está en consonancia con los principios y parámetros que surgen del decreto N° 1093-PEN-2016, por el que se creó el denominado Sistema Federal de Búsqueda de Personas Desaparecidas y Extraviadas. Los científicos plantearon la medida con "el propósito de coadyuvar a la identificación de las personas fallecidas en la jurisdicción porteña”.

 

Según lo dispuesto por la jueza Danas, todas aquellas personas que tengan un interés jurídico relevante en integrar el proceso, ya sea como actora o demandada, contarán con el plazo de diez días para que se presenten en el expediente ante el juzgado CAyT N° 9 (Av. Roque Sáenz Peña N° 636, Planta Baja), constituyan domicilio y manifiesten lo que por derecho corresponda, bajo apercibimiento de continuar el juicio según su estado, y sin perjuicio de lo previsto en el Art. 84 y ss. del Código Contencioso Administrativo y Tributario.

 

Atento a que la magistrada dispuso la difusión del amparo colectivo en trámite en diversas vías (Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, emisoras oficiales de amplitud y frecuencia modulada y canal de la Ciudad, carteleras de las quince Juntas Comunales, en el portal www.buenosaires.gob.ar y por intermedio del Sistema de Difusión Judicial del Departamento de Información Judicial del Consejo de la Magistratura de la CABA), el plazo de diez días, comenzará a correr a partir de la última publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires o de la publicidad efectuada por radiodifusión, lo que ocurra en fecha posterior.