Desde la Defensoría del colectivo LGBT de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmaron que están analizando el pedido de juicio político a la magistrada que condenó con una prisión en suspenso a la joven Mariana Gomez que se besaba con su esposa en la estación Constitución. El delito esgrimido para la sentencia fue “resistencia a la autoridad”.
Así lo confirmó la coordinadora de la Defensoría LGBT de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Flavia Massenzio y secretaria de Asuntos Jurídicos de la Federación Argentina LGBT (FALGBT) confirmó la iniciativa para impulsar el jury de enjuiciamiento.
La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires condenó el viernes pasado a un año de prisión en suspenso a Mariana Gómez, la joven que se besaba con su esposa y fumaba en la estación de Constitución, quien fue acusada de “resistencia a la autoridad y lesiones leves”.
La jueza del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 26, Marta Yungano, leyó el veredicto que condenó a Gómez, de 26 años, quienes en octubre de 2017 se encontraba junto a su esposa Rocío Girat (25) fumando y besándose en un andén de la estación Constitución. "Me defendí de un acto de violencia discriminatoria de la Policía de la Ciudad", dijo la acusada en sus últimas palabras antes de conocerse el veredicto.
Tras el fallo, la joven sufrió una crisis de llanto dentro del Tribunal y fue asistida por su abogado defensor Lisandro Teszkiewicz, y su esposa. Fue acompañada en la puerta de los tribunales por mlitantes del colectivo LGBT con carteltes y abucheos tras la sentencia: "justicia patriarcal", "lesbofóbica",“Besar no es delito", "Basta de lesboodio" y "Absolución para Marian" podía leerse en las pancartas multicolor que desde las diez de la mañana sostenían decenas de activistas frente al Tribunal Oral Criminal Nº26 de Buenos Aires.
La casualidad o causalidad fue que el fallo se llevó a cabo el mismo día que se cumplían 50 años del aniversario de la feroz represión de homosexuales en el bar Stonewall de Nueva York. Por este motivo, se celebra cada año el Día Internacional del Orgullo LGBTIQ+.
"No me entra en la cabeza", repetía la condenada entre lágrimas mientras la sala de audiencias se vaciaba para trasladar la noticia hasta la calle. Gómez, de 26 años, explotó al escuchar el fallo: "Los pedófilos tienen que estar en cana, no nosotras".
En 2012, su abuelastro y su padrastro habían sido condenados a ocho años de cárcel en un juicio abreviado por abusar sexualmente de ella y de sus dos hermanas cuando eran menores de edad. En esa ocasión, no tuvo oportunidad de declarar ante el juez.
La jueza fue acusada de homofóbica por una activista presente en la sala de audiencias y respondió con un saludo en forma de burla cuando se iba. Acompañada por familiares y abogados, Gómez se encaminó minutos después hacia la salida del juzgado pero se desmayó en la puerta.
Los hechos por los que fue condenada ocurrieron el 2 de octubre de 2017 en una concurrida estación de Buenos Aires. Gómez había ido a acompañar a Girat al autobús en Constitución cuando las sorprendió una tormenta y buscaron refugio en el vestíbulo del metro.
Según la versión de las fuerzas de seguridad, los agentes se acercaron a la pareja porque estaba fumando en un lugar prohibido. Gómez alega que se defendió frente a un acto de lesbofobia contra ellas. "Había otras parejas haciendo lo mismo, pero de las que fumaban o se besaban, las únicas lesbianas éramos nosotras", contó Gómez meses atrás. Durante el enfrentamiento, la joven tiró del pelo y arrancó un mechón a la policía, lo que motivó la apertura de la causa judicial que hoy concluyó con una condena.
"La sentencia es lesboodiante, es discriminadora y nosotras llegamos hasta acá porque queríamos la absolución para que fuera un precedente. No esperábamos este fallo. Es en suspenso y eso es peor, porque tenemos que estar con cuidado en todas las esquinas. Compañeras necesitamos el apoyo, necesitamos que esto se difunda", dijo Girat quien con su abogado buscarán revertir el fallo en cámara.
"Es un caso claro de discriminación e injusticia. Esa persona se le acerca porque se estaban besando y nada más que por eso", denunció en la puerta del juzgado María Rachid, titular del Instituto contra la Discriminación de la Defensoría del Pueblo de la ciudad de Buenos Aires. Rachid sostuvo que el caso nunca debería haber llegado a los tribunales, pero evidencia que "el lesboodio atraviesa a las fuerzas de seguridad y judiciales".
28 DE JUNIO - DÍA INTERNACIONAL DEL ORGULLO LGBTI
El Día Internacional del Orgullo LGBTI se celebra el 28 de junio de cada año. Para la fecha se realizan en todo el mundo actividades para luchar por los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex, en conmemoración de los acontecimientos producidos en 1969 en el pub Stonewall de Nueva York, donde el público LGBTI que asistía al lugar se enfrentó a las fuerzas policiales en respuesta a la violencia y a los abusos sistemáticamente sufridos.
Desde la Defensoría General de la Nación (DGN), a través de la Comisión sobre Temáticas de Género, se elaboran estrategias de intervención de la defensa pública de las personas afectadas por toda forma de violencia o discriminación por razones de género, en particular mujeres y personas LGBTI. Además, brinda asesoramiento y patrocinio jurídico gratuito a víctimas de violencia de género en materia no penal, y lleva adelante actividades de difusión de información sobre los derechos de las mujeres y los colectivos LGBTI.
Como parte de esas estrategias de intervención, la DGN realiza contribuciones a diversos organismos internacionales de protección de derechos humanos, entre los que se encuentra el aporte realizado al proceso de elaboración de la Opinión Consultiva 24 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en donde se establecen obligaciones estatales en relación con el cambio de nombre, la identidad de género y los derechos derivados de los vínculos entre parejas del mismo sexo.
Tomando como punto de partida los Principios de Yogyakarta, se señala la imposibilidad de “justificar la distribución y/o protección desigual de derechos entre parejas conformadas por personas de igual sexo y parejas conformadas por personas de distinto sexo. Esta distinción no persigue objetivos legítimos, sino que responde a una serie de estereotipos y prejuicios sobre las relaciones sociales, afectivas y sexuales entre personas del mismo sexo, que devalúan a este tipo de relaciones respecto de aquellas conformadas por personas de distinto sexo. Tal situación impone el deber de igualar a aquellos colectivos que han sido víctimas de discriminación, e incluso el deber de repararlos a través de medidas de acciones positivas”.
En el mismo documento, se remarca la necesidad de que desde la Corte IDH se establezca un piso mínimo de estándares a nivel regional en lo que se refiere a la “identidad de género” como un componente central del libre desarrollo de la personalidad. Al respecto, se hace referencia a que “el Estado no puede desplazar la soberanía personal para determinar quién se es (…) Tampoco puede privilegiar una asignación de sexo/género y de nombre primigenia, en la que la persona no ha participado ni ha sido oída, por sobre aquella que es requerida por la propia persona de conformidad con su vivencia interna e individual del género”.







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