La Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal pidió a los gobiernos nacional y porteño ampliar el protocolo para que los abogados pueden asistir a sus estudios todos los días. Hoy, van un día a la semana.

El amparo había sido iniciado por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) quien había solicitado la ampliación de la cautelar para que los abogados y abogadas con oficinas en la C.A.B.A. pueden concurrir un solo día a los sus estudios jurídicos en el momento en que se levantó la feria judicial. La solicitud fue denegada por la juez de grado pero hoy la cámara avaló la medida.

La resolución de la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, firmada por los jueces Sergio Fernández y Carlos Grecco, instó al gobierno nacional y al Gobierno porteño para que en los próximos 10 días se dispongan a “ampliar el protocolo en orden al levantamiento de la feria judicial”. El amparo fue firmado por el presidente del CPACF, Eduardo Awad y patrocinado por Jorge Rizzo y Juan Pablo Echeverría.

Los camaristas consideran en la resolución que es “real y urgente la necesidad que tienen los matriculados de poder circular conforme a un protocolo más amplio, con el fin de cumplir eficientemente con sus obligaciones en salvaguarda de su responsabilidad profesional”.

Por esto pidió a los gobiernos la “elaboración y aprobación de un nuevo protocolo más amplio que el vigente, tuitivo de las implicancias que conlleva el levantamiento de la feria judicial extraordinaria, a los fines de que se exceptúe a los abogados del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y se les permita circular en los horarios que se dispongan al efecto para poder acceder a sus oficinas y concurrir a los tribunales de justicia en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires”.

En efecto, la sentencia evalúa que se amplíen días y horarios de circulación para los letrados. Ambos camaristas expresaron que "no es posible negar que la circulación de los letrados con el alcance que ha sido autorizada con anterioridad a que concluyera la feria judicial extraordinaria (una vez por semana) se presenta -a la fecha- como manifiestamente insuficiente para que aquéllos puedan cumplir con sus obligaciones procesales y con el deber de responsabilidad profesional, sin incurrir tampoco en una infracción, en los hechos, al impedimento o prohibición de transitar durante los días no correspondientes a su terminación de DNI".