El 1 de enero de 2019, tres hombres mayores de edad violaron a una menor de 14 años en el camping El Durazno, Miramar. Los tres acusados cumplían desde entonces prisión domiciliaria, pero recientemente la víctima solicitó la cancelación de ese régimen con salidas transitorias para que dejen de computar su pena desde sus casas y la misma sea cumplida en prisión, en caso de llegar a una condena firme.
En septiembre de este año, un jurado popular integrado por 12 ciudadanos declaró “no culpables” a Lucas Pitman (24, al momento del hecho), Tomás Jaime (26) y Juan Cruz Villalba (25), cuyo veredicto no puede ser apelado por la fiscalía ni la familia de la menor.
Ante los resultados, los fiscales Guillermo Nicora y Ana María Caro insistieron en el pedido de culpabilidad para los tres jóvenes, por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado, al igual que lo hizo el abogado de la víctima y de su familia, Maximiliano Orsini, quien dio detalles del caso en diálogo con Tiempo Judicial y explicó por qué solicitaron no sólo la nulidad del veredicto sino también la inconstitucionalidad de la Ley de Juicio por Jurados para casos relacionados a menores de edad y cuestiones de género: “Lamentablemente, la sociedad argentina no está preparada para juzgar estos hechos porque está instalado el prejuicio hacia la mujer. Todavía tenemos resabios de una sociedad machista y patriarcal, por lo que entiendo que sería injusto para la víctima que la sociedad la juzgue”.
Solicitud de nulidad del veredicto
Esta semana, el abogado Maximiliano Orsini recibió el rechazo por parte del juez a cargo, Fabián Riquert, del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) Nº 3, a la solicitud de nulidad del veredicto. Previamente, Orsini le comentó a este medio que sabían que el juez lo rechazaría y es por eso que apuntaba sus apuestas al siguiente paso: Casación: “Luego de esto, iremos a Casación, que tiene los elementos suficientes desde el punto de vista objetivo jurídico para revertirlo”.
“Entiendo que al juez al que se le interpuso la nulidad, que es el juez de juicio, del tribunal criminal 3, no haría lugar a la nulidad porque sería ir contra sus propios pasos y contra su propio accionar, el cual va a defender hasta el final”, había vaticinado Orsini, quien a continuación detalló los argumentos por los que la nulidad fue solicitada.
“Tenemos una nulidad que está fundada principalmente en los derechos de la menor que fueron vulnerados en virtud de que no se dio cumplimiento a lo establecido por el Código Procesal en los artículos 102 bis y ter, que indican que el menor tiene que declarar con una psicóloga especialista en abuso sexual y tiene que haber una entrevista previa, que no la hubo. El o la menor no puede quedar sujeta a las preguntas directas por parte de los defensores, las mismas tienen que ser filtradas y juzgadas por esa psicóloga, y acá eso no sucedió”, comenzó.
Y sumó que Argentina desde 1994 tiene convenciones internacionales como la Convención Internacional de los Derechos del Niño, la Convención Interamericana de Derechos Humanos, la Convención de Belém do Para, “que son convenciones que dan un marco de protección a lo que es la violencia de género y la violencia y abusos sexuales a menores de edad”.
Las convenciones mencionadas son supraconstitucionales, es decir, “que están por encima de la Constitución Argentina, lo que marca que el menor de edad, víctima de abuso, puede apelar un fallo absolutorio y en este caso no se puede porque la ley provincial no lo permite, cuando debería permitirlo. Entra en colisión con esas convenciones internacionales y es por eso que estamos en posición de hacer esta solicitud”.
Género y Juicios por Jurados
El juicio por jurado es un tipo de enjuiciamiento donde ciudadanos ajenos al Poder Judicial determinan si la o las personas acusadas son culpable o no; está previsto en la Constitución nacional desde 1853 y su aplicación está reglamentada en 10 provincias, aunque recientemente se sumó la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al aprobarla en su Legislatura, que estableció que será obligatorio para juzgar delitos graves como homicidios dolosos y violaciones.
Según relató Orsini, esta modalidad de juicio se originó en la época de las colonias, en Estados Unidos, ya que los terratenientes “lo que hacían era tener sus propios jueces, entonces impartían su propia justicia, y de ahí es que surge el juicio por jurado”.
Sin embargo, Orsini opina que este tipo de juicios no deberían estar disponibles para casos relacionados a menores y cuestiones de género: “No estoy de acuerdo con que se aplique el juicio por jurados para los delitos de abuso sexual de menores de edad, de abuso sexual en general y los delitos de femicidio. En los casos de violencia de género, el jurado no debería resolver porque son cuestiones y pruebas muy complejas que requieren preparación, y esa preparación la tienen los jueces, no la tiene la sociedad todavía”.
De no ser marcada como inconstitucional dicha ley, “vamos a seguir teniendo casos donde haya un femicidio y digan: ‘Bueno, sí, la mató porque le fue infiel. Está bien’. De hecho, esto es algo que pasó en un caso de femicidio en Buenos Aires hace unos meses, donde el femicida salió absuelto”.
Ante lo expuesto, “es primordial pedir la inconstitucionalidad” y vedar que los juicios por jurado estén circunscriptos a casos de abuso sexual o femicidios. “Lo que hay que copiar es la reglamentación de juicio por jurados de la provincia de Entre Ríos, donde está vedado para los casos de abuso sexual”, propuso Orsini.
Revictimización como estrategia de defensa
Otro de los argumentos que respaldan la solicitud de anular el veredicto en cuestión es la difamación de la intimidad de la menor y revictimización como recurso de defensa: “La nulidad está basada también en lo que respecta a temas que no podían tocarse durante el juicio que hacían a la intimidad de la víctima y a su vida privada. Los defensores hablaron permanentemente de la víctima. Los peritos de parte que propusieron los defensores llegaron a decir que la víctima tenía un pasado oscuro, que se había cortado las venas en dos oportunidades, que era una persona con problemas de personalidad”.
Según indicó la fuente consultada, tal como suele suceder en los juicios por casos de violencia de género, “el debate se basó más que nada en la personalidad de la víctima y el tratar de acreditar que era una víctima fácil o ligera, señalando que ella buscó tener sexo con estas tres personas”.
El recurso de degradar o difamar a la víctima por cuestiones personales sólo funciona cuando se trata de violencia de género dado a las lógicas patriarcales y machistas que llevan a un hombre a cometer un delito, y luego a argumentar en su defensa. Como prueba de esta premisa, estos tres acusados de violación fueron declarados “no culpables” alegando que la víctima era “ligera” y drogándola.
El acusado Pitman, en el marco de la estrategia de su defensa, encabezada por la abogada Noelia Agüero, sostiene la inexistencia de abuso sexual señalando que se trató de un acto “consentido”. En tanto, los otros dos acusados, Jaime y Villalba, cuya defensa es encabezada por Martín Bernat y Marcelo Jiménez, sostuvieron a lo largo del debate la falta de pruebas respecto a la participación en el hecho.
Este caso se asemeja al de Micaela García, la estudiante de Educación Física de Gualeguay que fue víctima de violación y un brutal femicidio perpetrado por Sebastián Wagner. La Justicia revictimizó a Micaela, otorgándole parte de la responsabilidad de la tragedia por marcar cuestiones de su personalidad y por haberse producido su desaparición tras salir de un boliche. Micaela y la menor víctima de Miramar no son las primeras jóvenes en ser revictimizadas, ya que la revictimización es una condena que las mujeres y diversidades cumplen al ser víctima de un hecho de violencia a causa de su género.
El accionar del aparato judicial generó con esto tal polémica y repudio que, tiempo después, fue sancionada la Ley Micaela en el Congreso de la Nación, que señala la obligatoriedad de capacitación por parte de las y los funcionarios de los tres poderes del Estado en perspectiva de género.
Es que no sólo la Justicia tiende a la revictimización de las víctimas de violencia machista, sino cada estamento del Estado. Esto queda expuesto con dos ejemplos pertinentes al caso de Miramar: Carlos Arroyo, el intendente de Mar del Plata en función durante el transcurso del hecho en El Durazno, que había descalificado la lucha contra la violencia de género al catalogarla como “una moda”; y Andrés Caballero, el subcomisario de Miramar que llegó al camping tras el llamado de los padres de la menor tras encontrarla en una carpa con signos de violencia y que retuvieron a los jóvenes que habrían entonces cometido el hecho. Caballero no preservó la escena ni ordenó el traslado inmediato de los acusados para la realización de pericias médicas. Ante ello, para evitar la fuga de los acusados, debió ser separado de su cargo.
Ante esto, se entiende que la violencia machista es estructural y cultural, donde priman la naturalización de abuso sexual y violencia a mujeres y disidencias.
Y de allí emerge el peligro de implementar los juicios por jurados para casos de violencia de género. “La defensa del abusador tiende siempre al "yo no fui, a mí me buscaron", diciendo que hubo consentimiento y que "ella quiso". Lo que pasa es que, en este caso, como en la Justicia este argumento ya no podría ser aceptado tras la implementación de la Ley Micaela y con la perspectiva de género que son obligados a tener los jueces, esto no hubiese pasado, por eso eligieron un juicio por jurados, esto lo eligen justamente los acusados”, explicó Orsini.
Y completó: “Sin embargo, la víctima no tiene el derecho de oponerse y, aparte, ni siquiera tiene el derecho de apelar al fallo absolutorio pero los acusados tienen el derecho de apelar a un fallo condenatorio. Date cuenta de lo injusto que es la ley de jurados de la provincia de Buenos Aires con las víctimas y, principalmente, con las víctimas de violencia de género, porque sabemos que la sociedad en gran medida no tiene una perspectiva de género”.
Finalmente, el abogado defensor expuso que, de no revertirse este veredicto ni solucionar la implementación del Juicio por Jurados, “esto será un precedente peligroso para muchas mujeres y menores de edad abusados, claramente”.
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