El caso se inició por la denuncia de un excompañero en una fiscalía de Catamarca. Hernández era cabo primero del Ejército Argentino con el cual el denunciante compartió destino en el Regimiento de Infantería Nº14, en Córdoba, al menos, hasta marzo de 1974, cuando fue detenido y nunca más se supo de su paradero. Su jefe lo echó por desertor y hoy lo procesaron.

En los últimos días de diciembre el ex teniente coronel Omar Edgardo Parada fue procesados por la jueza federal N° 2 de Salta Mariela Giménez por la desaparición del soldado José Hernández Villareal en noviembre de 1975. En ese momento el soldado se encontraba prestando servicio en el Regimiento de Infantería de Monte 28 de Tartagal, en Salta.

Parada es acusado de privación ilegítima de la libertad agravada por violencia y amenazas, cometido por un funcionario público en abuso de sus funciones, en concurso real con el delito de homicidio agravado por alevosía y por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas.

El caso se inició a partir de una denuncia radicada por un ex compañero de armas ante la Fiscalía Federal de 1º Instancia de Catamarca. En la misma, se puso de manifiesto la desaparición de Hernández, quien era cabo primero del Ejército Argentino y con el cual el denunciante compartió destino en el Regimiento de Infantería Nº14, en Córdoba, al menos, hasta marzo de 1974, cuando fue detenido.

El denunciante contó que durante los días que estuvo preso recibió comentarios del traslado de Hernández al Regimiento Nº17 de Catamarca. Y agregó que unos días después un suboficial le manifestó que creía que a Hernández lo habían matado, pero que no le dio más datos al respecto. La resolución de la magistrada responde al pedido del Área de Derechos Humanos de la Unidad Fiscal Salta, a cargo del fiscal general Carlos Martín Amad, quien impulsó la investigación a partir de reiterados pedidos de los familiares de la víctima.

Según el expediente, el soldado desapareció el 11 de noviembre de 1975, cuando prestaba servicios en el Regimiento de Infantería de Monte 28 de Tartagal, en Salta. Días previos a la desaparición, dejó de visitar a su familia, razón por la cual su padre fue a Tartagal y en el Regimiento le informaron falsamente que había sido comisionado a Salta para llevar una documentación y que nunca regresó, razón por la cual fue dado de baja por desertor.

En función de las constancias reunidas, entre ellas informes, testimonios, documentos e inspecciones, “puede afirmarse que los hechos aquí denunciados y de los que resultara víctima Hernández, esto es la privación ilegítima de su libertad y su posterior homicidio, se encuentran convenientemente probados”, sostiene el expediente.

La jueza explicó que, si bien es cierto que la desaparición se perpetuó pocos meses antes de que “las fuerzas militares usurparan el poder el 24 de marzo de 1976, no es menos cierto que con anterioridad al golpe de estado, el Ejército Argentino ya se encontraba dotado de amplias facultades en la denominada lucha contra la subversión, lo que adquirió mayor dimensión una vez derrocado el gobierno democrático de Isabel Martínez de Perón”.

“Visto en perspectiva histórica, podemos afirmar que el sistema represivo articulado en el plano nacional se instauró con el golpe de 1976, pero que dicho sistema comenzó a diagramarse y desarrollarse mucho tiempo antes, en Salta desde 1974, con el derrocamiento del gobernador Miguel Ragone. Asimismo, se puede señalar que el decreto presidencial del 5 de febrero de 1975 que dio inicio al Operativo Independencia en Tucumán extendió la creciente autonomización de las fuerzas militares en la represión al noroeste del país, con la consecuencia de crímenes de lesa humanidad durante la dictadura, pero también previos al golpe”, señaló Giménez en su fallo.