Tras más de 28 años de convivencia, la Justicia de Familia de Comodoro Rivadavia ordenó una compensación económica de 38 millones de pesos a favor de una mujer que quedó en desventaja tras la ruptura del vínculo.

La decisión puso el foco en cómo se organizó la vida en común: mientras el hombre consolidó su carrera y patrimonio, ella abandonó su empleo formal para dedicarse al cuidado de la hija, el hogar y distintas tareas vinculadas a emprendimientos familiares que nunca fueron reconocidas como trabajo propio.

Al evaluar el caso, la jueza Jorgelina Castillo sostuvo que esa dinámica configuró una “distribución estereotipada de roles”, con efectos directos sobre la autonomía económica de la mujer. Tras la separación, debió recurrir a trabajos informales y ayuda familiar para sostenerse.

Cuando el Estado empieza a sospechar de las víctimas

El fallo subrayó que la compensación no implica dividir bienes ni garantizar el mismo nivel de vida, sino corregir el desequilibrio generado por la organización familiar. En esa línea, definió este mecanismo como un instrumento que “funciona como un correctivo jurídico de las desigualdades económicas familiares”.

La resolución también tomó en cuenta la edad de la demandante, sus limitadas posibilidades de reinserción laboral y el aporte sostenido al proyecto común.

“La actora aportó a un proyecto en común que determinó su salida de la relación con muchas menos posibilidades que con las que ingresó”, señaló la magistrada, al justificar una suma destinada a equilibrar las consecuencias económicas de años de dedicación al cuidado.

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