La policía bonaerense montó un operativo con seis patrulleros y veinte efectivos por un grupo de tres mujeres que hacían topless en una playa a diez cuadras del centro de la ciudad. Qué artículos del código contravencional y del penal lo rigen. La polémica instalada por el accionar policial en las playas veraniegas en el período vacacional. Ya se convocó para el 7 de febrero a una marcha denominada "Tetazo" a las 17 horas en el Obelisco.
El portal Diario 4V, publicó que el operativo empezó cuando las mujeres se quitaron la parte de arriba de la bikini. “No es criminal andar en tetas. ¿A quién mata? ¿A quién roba?, dijo una de las mujeres. Se volvió viral y se instaló la polémica por el accionar de los policías del Operativo Sol que responden al ministro de Seguridad bonaerense, Cristian Ritondo.
“Si hay una chica en colaless no le van a ir a decir ‘pónganse un pantalón porque está exhibiendo el trasero”, argumentaron las mujeres. “Por ahí la sociedad no está avanzada”, respondió uno de los policías.
“La cultura es machista, es así”, argumentó uno de los policías. “Es una contravención”, dijo otro. “No es exhibicionismo. No queremos mostrar las tetas para que vengan a mirar”, respondió una de las chicas. “Yo voy a venir todos los días en tetas, como vine toda mi vida. Y vamos a ser muchas más”, dijo la chica indignada por el accionar de efectivo.
Legislación
El artículo 129 del Código Penal menciona que "será reprimido con multa de mil a quince mil pesos el que ejecutare o hiciese ejecutar por otros actos de exhibiciones obscenas expuestas a ser vistas involuntariamente por terceros". Y agrega que "si los afectados fueren menores de dieciocho años la pena será de prisión de seis meses a cuatro años. Lo mismo valdrá, con independencia de la voluntad del afectado, cuando se tratare de un menor de trece años". ¿Pero quien considera que es y que no exhibiciones obscenas?. Ahí está la ambigüedad de la normativa.
En tanto, el artículo 70 del Código de Faltas de la provincia de Buenos Aires explica que "será sancionado con multa entre el quince (15) y el cuarenta (40) por ciento del haber mensual del Agente de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, el que con acto, palabra, dibujo o inscripción torpe u obscena ofendiera la decencia pública. La pena se duplicará si el hecho fuera cometido en lugar donde se realizaren actos o espectáculos públicos o lo fuere contra personas del culto, ancianos, enfermos mentales, mujeres o niños". En tanto, este código rige en la Ciudad donde no encontramos prohibición al "tetazo".
¿Qué dijo el intendente?
Por su parte, el intendente de Necochea, Facundo López, consideró que "hay que dimensionar las cosas" y opinó que "no hay que hacer un show mediático" sobre la polémica. "Es necesario tener la cabeza abierta", afirmó el jefe comunal del massismo y entendió que el topless "no es algo antinatural". “Todos sabemos que es una contravención, pero no es un hecho tan grave como para que suscite todo lo que se generó alrededor”, subrayó.
“Estoy dispuesto a que la reforma de la ley contravencional local se vaya tratando en el Concejo Deliberante y se modernice”, consignó López, quien recordó que "el debate ya está instalado hace tiempo en la sociedad, y creo que la sociedad en su conjunto y el Concejo Deliberante van a tener que debatir en algún momento este tipo de contravenciones”, manifestó.





Comentarios recientes