El juez federal Julián Ercolini ordenó ayer el procesamiento del perito informático que trabajaba con el fiscal fallecido, Diego Lagomarsino, por considerarlo "partícipe necesario" del “homicidio simple agravado por el uso de armas de fuego” del fiscal Alberto Nisman. En la sentencia, también procesó a los cuatro custodios del ex fiscal: los policías de la Federal Rubén Benítez, Néstor Durán, Armando Niz y Luis Miño. Y citó nuevamente a la ex secretaria, Soledad Castro, para prestar declaración testimonial. Fallo. 

 

"Resuelvo ordenar el procesamiento de Diego Ángel Lagomarsino, por considerarlo penalmente responsable del delito de homicidio simple agravado por el uso de armas de fuego, en calidad de partícipe necesario", afirmó el magistrado en su fallo extensísimo que repasa todos los avatares de la causa desde que radicaba en el fuero criminal hasta pasar al federal. La duda de los especialistas es: ¿Quién mató a Nisman?

Además, Ercolini congeló las cuentas y trabó un embargo de 15 millones de pesos sobre el técnico informático, que no irá preso sino que seguirá vigilado por una tobillera electrónica. El técnico es monitoreado por la Justicia por un dispositivo de monitoreo satelital con GPS a los efectos del establecimiento de su ubicación física, con un radio de alcance de 100 km alrededor de su domicilio particular y zonas especiales de exclusión (aeroportuarias, ferroviarias y portuarias). Y se presenta cada 15 días ante el juzgado. 

En una resolución de 656 páginas, el juez también procesó a los cuatro custodios que estaban a cargo de la seguridad de Nisman, por "encubrimiento agravado" e "incumplimiento de los deberes de funcionario público". Ellos son: Rubén Benítez, Néstor Durán, Armando Niz y Luis Miño, todos de la Policía Federal y encargados de la custodia del ex titular de la UFI-AMIA. Todos como co-autores responsables, menos Durán, a quien lo consideró "autor". 

 

¿Homicidio?

 

La sentencia explicita que Lagomarsino es partícipe necesario del "homicidio de Nisman" por "haber prestado una colaboración necesaria en el hecho ocurrido entre las 20.00 hs. del sábado 17 de enero de 2015 y las 10.00 hs. del domingo 18 de enero de 2015, cuando una o más personas -aún no identificadas- ingresaron al departamento donde residía el Fiscal General Natalio Alberto Nisman, sito en la calle Azucena Villaflor n° 450, Complejo ―Le Parc‖, Torre Boulevard, piso 13°, departamento ―2 de esta Ciudad y, luego de reducirlo, fue trasladado hasta el baño ubicado en el cuarto principal de la vivienda donde se le habría dado muerte a través de un disparo en la cabeza ejecutado mediante un arma de fuego marca Bersa calibre .22, serie n° 35.099 registrada a nombre del imputado".

El juez detalla que Lagomarsino "al ser un hombre de extrema confianza de Natalio Alberto Nisman -situación que le franqueó el acceso tanto a la vivienda del Fiscal como a sobrepasar a su custodia-, en virtud de un plan previamente acordado -que consistía, precisamente, en que Lagomarsino proveyera un ―'arma amiga" que permitiera posteriormente una simulación de un suicidio-, facilitó el ingreso al domicilio de la víctima de la pistola marca Bersa de su propiedad, con el objeto de que luego fuera utilizada por las personas que ingresaron a la vivienda y le quitaron la vida al Fiscal Nisman". Por último, se le imputa la tenencia ilegítima del arma de fuego marca Bersa calibre 22, serie n° 35.099, registrada a su nombre, sin la debida autorización legal.

 

¿Suicidio inducido?

Al procesar a Lagomarsino, el juez Ercolini advirtió que "desde el primer momento que cobró notoriedad" la muerte de Alberto Nisman hubo "intencionalidad" de "instalar la idea de una muerte voluntaria, privada y en soledad" del fiscal, en lugar de un homicidio. Se entiende que indirectamente acusaría al gobierno anterior de Cristina Kirchner. 

"Debe afirmarse que por diversas razones habría existido una intencionalidad, cuanto menos desde algún sector oficial, de instalar la idea de una muerte voluntaria, privada y en soledad de Nisman, y el primer paso habría sido precisamente encorsetar la investigación a la suposición de una decisión unilateral de Nisman de quitarse la vida", indicó el juez en su fallo.

Insistió en que "desde el primer momento que cobró notoriedad la aparición sin vida de Nisman, por razones diversas vinculadas con la coyuntura y la vida pública en nuestro país; de defensa; de coartadas; por pormenores muy particulares del caso, comenzó a impulsarse públicamente la idea del suicidio, la que quedó instalada rápidamente" en la opinión pública.

Como parte de esta maniobra, mencionó "la puesta en conocimiento e intervención para la investigación del hecho de una Fiscalía sin competencia federal", esto es la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción 45 de Viviana Fein, quien finalmente fue desplazada de la causa.

Ercolini remarcó que "si bien ello puede ser visto como algo fútil, debe dejarse claro que la determinación de no anoticiar formal e inmediatamente al juez y fiscal federales de turno no pudo obedecer a desidias o errores, sino que habría implicado una determinación –desde las áreas funcionales con potestad de tomar esas decisiones iniciales– de acotar la investigación del hecho a un suicidio y así descartar cualquier otra hipótesis".

 

Tras enumerar la gran cantidad de peritajes realizados en el expediente, Ercolini detalló la "relevancia de su resolución del último peritaje realizado por Gendarmería Nacional que abona la hipótesis del homicidio" del fiscal. 

 

Prohibiciones para Lagomarsino 

 

 - la colocación del DISPOSITIVO DE MONITOREO DE GPS, con un radio de 100 km a la redonda de su lugar de residencia con las excepciones dispuestas oportunamente.
-la PROHIBICION DE SALIDA DEL PAIS.
-la INTERDICCION (prohibición judicial) de EXPEDIRSE PASAPORTE a su nombre.
-la PROHIBICION de ALEJARSE de su DOMICILIO por más de 24 horas sin aviso.
-la OBLIGACION de avisar acerca de CAMBIOS DE DOMICILIO y/o LUGARES DE RESIDENCIA.
-la OBLIGACION de presentarse ante el TRIBUNAL cada 15 días