El régimen talibán en Afganistán avanzó en la regulación del matrimonio infantil mediante un nuevo marco normativo que elimina la edad mínima fija para casarse en el caso de las niñas.
Según el documento titulado Principios de separación entre cónyuges, la capacidad para contraer matrimonio queda ahora asociada al inicio de la pubertad, en lugar de un umbral etario claro.
La disposición también introduce un criterio particularmente polémico: el silencio de una “niña virgen” que haya alcanzado la pubertad puede ser interpretado como consentimiento para el matrimonio.
Estos cambios fueron señalado por organizaciones de derechos humanos como un retroceso en materia de protección de la infancia y derechos de las mujeres.
Hasta ahora, el marco legal previo establecía edades mínimas de 16 años para las mujeres y 18 para los hombres, según el Código Civil de 1977, aunque con excepciones bajo autorización familiar o judicial. Distintos informes internacionales han documentado que el matrimonio infantil ha sido una práctica persistente en el país, especialmente en zonas rurales.
En este contexto, la nueva normativa refuerza la tendencia a reemplazar estándares legales modernos por interpretaciones basadas en la sharía, donde la pubertad puede funcionar como referencia de capacidad matrimonial, lo que en algunos casos ha sido asociado a edades muy tempranas.
La decisión reabre el debate internacional sobre los derechos de niñas y adolescentes y sobre los límites entre normativa religiosa y estándares internacionales de derechos humanos.





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