El autor es Abogado, Comunicador y Secretario de Ministerio Público, 1° instancia en la Provincia de Buenos Aires.
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires volvió recientemente a reclamar la cobertura de las vacantes que arrastra desde hace años. El dato impresiona por sí mismo: el máximo tribunal de una provincia que concentra una porción sustancial de la población argentina funciona actualmente con apenas tres de los siete integrantes que prevé la ley. La propia Corte describió la situación como una integración "inéditamente desintegrada" y exhortó a los poderes políticos a avanzar en la designación de quienes deben ocupar los cargos vacantes. A primera vista, podría pensarse que se trata de una discusión institucional más, vinculada al funcionamiento de uno de los poderes del Estado. Sin embargo, detrás de esas vacantes se esconde una pregunta mucho más profunda acerca de la calidad de nuestra democracia, de la legitimidad de las instituciones y de los consensos que una sociedad considera irrenunciables.
Porque la cuestión no es solamente cuándo serán cubiertos esos cargos. La cuestión es cómo serán cubiertos. Qué idea de justicia, de representación y de igualdad orientará esas designaciones. Y, sobre todo, por qué en pleno siglo XXI todavía debemos explicar que la integración de los máximos tribunales no puede permanecer ajena a los principios de igualdad que la propia Constitución reconoce y protege. Por qué seguimos discutiendo cuestiones que deberían constituir el punto de partida de cualquier debate democrático y no su conclusión. Es allí donde resuena con una actualidad inquietante aquella frase de Bertolt Brecht: "Qué tiempos serán los que vivimos, que hay que defender lo obvio".
Resulta difícil creer que, en pleno siglo XXI, todavía debamos explicar por qué la integración de los máximos tribunales de justicia no puede permanecer ajena a los principios de igualdad que el propio sistema constitucional reconoce y protege. Resulta difícil creer que aún sea necesario argumentar por qué la presencia de mujeres en la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires o en la Corte Suprema de Justicia de la Nación constituye una exigencia democrática y no una concesión graciosa del poder político. Sin embargo, aquí estamos. Y acaso sea esa la mejor demostración de la vigencia de la advertencia de Brecht.
Lo verdaderamente llamativo no es que existan vacantes en los tribunales superiores. Tampoco que existan debates acerca de los perfiles más adecuados para ocuparlas. Las democracias se nutren de esas discusiones. Lo que resulta preocupante es que todavía deba explicarse por qué la conformación de los órganos que ejercen la máxima autoridad judicial no es una cuestión neutra ni indiferente desde el punto de vista institucional. Como si después de décadas de desarrollo constitucional, convencional y jurisprudencial siguiéramos obligados a justificar que la igualdad real en el acceso a los espacios de decisión constituye un mandato jurídico y no una mera aspiración política. Como si la representación equilibrada en los ámbitos donde se interpreta la Constitución y se definen los alcances de los derechos fundamentales fuera una cuestión secundaria o decorativa.
La discusión no gira alrededor de privilegios ni de cupos entendidos como mecanismos de distribución corporativa del poder. La cuestión es mucho más profunda. Se vincula con la legitimidad democrática de las instituciones y con la capacidad de los órganos públicos para reflejar la diversidad de una sociedad cuya composición es infinitamente más compleja que la imagen homogénea que históricamente proyectaron los espacios de poder. Durante generaciones, las mujeres estuvieron excluidas de los ámbitos donde se tomaban las decisiones más relevantes de la vida pública. No se trató de una casualidad ni de una consecuencia natural de las cosas. Fue el resultado de estructuras sociales, culturales y jurídicas que limitaron sistemáticamente su acceso a esos lugares. Por eso, cuando hoy se reclama una integración más equilibrada de los máximos tribunales, no se está solicitando un trato preferencial. Se está exigiendo el cumplimiento efectivo de los principios de igualdad y no discriminación que el propio orden constitucional consagra.
Tal vez lo más inquietante de este debate sea que ni siquiera debería ser un debate. Porque el problema no consiste únicamente en la persistencia de determinadas desigualdades, sino en la necesidad de volver a explicar por qué esas desigualdades son problemáticas. Allí es donde la advertencia de Brecht adquiere toda su dimensión. Hay épocas en las que las sociedades discuten cómo ampliar derechos. Hay otras en las que deben volver a defender aquellos que creían definitivamente incorporados a su patrimonio democrático. Vivimos uno de esos tiempos. Un tiempo en el que consensos construidos a lo largo de décadas parecen perder estabilidad y en el que principios que funcionaban como puntos de partida regresan inesperadamente al terreno de las controversias básicas.
El fenómeno excede la cuestión de género y la integración de las Cortes. Lo observamos cuando reaparecen cuestionamientos a paradigmas construidos desde los derechos humanos en materia de salud mental, cuando vuelven a proponerse respuestas exclusivamente punitivas para problemas sociales complejos, cuando se relativiza la importancia de la universidad pública como herramienta de movilidad social, cuando se presentan derechos laborales históricamente conquistados como obstáculos para el desarrollo o cuando instituciones diseñadas para proteger a los sectores más vulnerables son sometidas a críticas que parecían definitivamente superadas. Se trata de debates distintos, pero atravesados por una misma lógica: la necesidad de justificar una y otra vez principios que creíamos incorporados al piso mínimo de nuestra convivencia democrática.
El derecho conoce bien este problema porque sabe que ninguna garantía nació del vacío. Detrás de cada derecho existe una experiencia histórica que lo hizo necesario. Detrás de cada límite al poder existe un abuso previo. Detrás de cada política destinada a promover igualdad existe una exclusión que la justificó. Las sociedades no reconocieron la igualdad de género por una repentina revelación moral. Lo hicieron después de siglos de exclusión. No incorporaron mecanismos destinados a ampliar la participación de sectores históricamente postergados por generosidad institucional. Lo hicieron porque comprendieron que la neutralidad aparente de ciertas estructuras ocultaba desigualdades profundas. Los derechos no son productos de la casualidad. Son respuestas históricas frente a injusticias concretas.
Por eso la discusión sobre las vacantes en los máximos tribunales trasciende los nombres propios, las coyunturas políticas y los acuerdos circunstanciales. Lo que está en juego no es solamente quién ocupará determinados cargos. Lo que está en juego es la definición misma de aquello que entendemos por legitimidad institucional en una democracia constitucional. Lo que está en juego es saber si los avances construidos durante décadas forman parte de nuestro patrimonio jurídico común o si deberán seguir rindiendo examen cada vez que cambien los vientos políticos. Lo que está en juego es determinar si la igualdad constituye verdaderamente un principio rector de nuestras instituciones o si continúa siendo una promesa pendiente cuya realización siempre puede postergarse.
Quizás esa sea una de las tareas más importantes del derecho en el presente. No descubrir nuevas verdades. No formular teorías inéditas. No inventar principios desconocidos. Su tarea más urgente tal vez consista en algo mucho más sencillo y, al mismo tiempo, mucho más trascendente: preservar la memoria de aquello que ya hemos aprendido. Recordar por qué existen determinados derechos. Recordar por qué ciertas exclusiones dejaron de ser aceptables. Recordar por qué algunas discusiones deberían estar definitivamente saldadas. Porque cuando una sociedad vuelve a discutir lo evidente, el problema nunca se limita al objeto de la discusión. Cuando debemos explicar nuevamente por qué las mujeres tienen derecho a participar en igualdad de condiciones en los espacios donde se ejerce el poder, lo que está en cuestión no es solamente una vacante judicial. Lo que está en cuestión es la capacidad de la democracia para recordar las razones que hicieron necesaria la lucha por la igualdad.
Y tal vez sea precisamente allí donde la frase de Brecht encuentra su significado más profundo. No describe solamente una época de controversias. Describe una época de amnesia. Una época en la que el derecho se ve obligado a recordar, una y otra vez, aquello que la historia ya enseñó. Una época en la que la defensa de lo obvio se convierte, paradójicamente, en una de las formas más necesarias de defender la democracia.





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